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Dictadura judicial

La noble causa de mitigar el cambio climático no puede adelantarse haciendo daño a las instituciones.

Jorge Humberto Botero, Jorge Humberto Botero
22 de febrero de 2018

Anota Dejusticia, un grupo de abogados que, entre otras cosas, adelanta “litigios estratégicos” -justamente aquellos que tienen resonancia política- que “Colombia reafirmó en la Cumbre del Clima de París del 2015, su compromiso de reducir a cero la tasa de deforestación en la Amazonía colombiana para el año 2020. A dos años de que venza el plazo para cumplir esa meta, aún no se están desarrollando acciones contundentes para frenar la deforestación (…) Incluso, la problemática se ha agravado. En el 2016 la deforestación en el país aumentó un 44%: se deforestaron en total 178.597 hectáreas equivalentes casi al tamaño del departamento de Quindío”. Como se trata de una organización seria, asumiré que los gravísimos hechos que narra son correctos y la negligencia del Estado abrumadora.

A partir de esta constatación crea un tinglado mediático para que creamos que niños y jóvenes de diferentes regiones del país han espontáneamente acudido a sus buenos oficios para introducir una acción de tutela que proteja sus derechos a la vida, a la salud, a la alimentación y al agua, todos los cuales considera fundamentales y, por lo tanto, susceptibles de ser protegidos mediante esta acción judicial. En concreto, se pretende que el juez del caso ordene al Presidente de la República y a otros funcionarios que emprendan “acciones para frenar la tala del bosque amazónico”.  

Por supuesto, el cambio climático, que la deforestación agrava, puede causar una catástrofe planetaria. Está adecuadamente demostrado que una elevación de la temperatura media superior a dos grados centígrados con relación a las que se registraban al inicio de la revolución industrial tendría el efecto de generar un aumento del nivel del mar que haría desaparecer ciudades enteras ubicadas en las regiones costeras, el hundimiento de muchas islas y la desertificación de los trópicos.  

Mi objeción a Dejusticia es que la tutela no es un mecanismo idóneo para lograr el loable propósito que persigue. Como me encuentro entre aquellos abogados (pocos en los tiempos que corren) que aún creen que las normas no son fórmulas vacías que los jueces pueden llenar de contenido ad libitum (o sea, como les venga en gana), me veo forzado a señalar que la Constitución dispone la procedencia de este mecanismo judicial cuando se trata de proteger los derechos fundamentales del demandante, a condición de que las medidas que se adopten por el juez sean de carácter transitorio.

Los derechos fundamentales no son aquellos que en abstracto establece el ordenamiento jurídico, sino los que ya han sido adjudicados a personas determinadas. Daré un ejemplo: si bien “todos los colombianos tienen derecho a la vivienda digna”, los millones de compatriotas que de ella carecen no pueden demandarla mediante tutela. Tendrán que acudir a los medios políticos para que la dotación de vivienda, programa al que, por cierto, se vienen dedicando recursos sustanciales, tenga una prioridad aún mayor en los presupuestos públicos.

Aunque sé que las consideraciones jurídicas no son importantes para ciertos abogados y jueces, diré que la ley excluye la tutela para proteger derechos de carácter colectivo como son, precisamente, los que tienen que ver con el medio ambiente, “salvo que se trate de evitar un perjuicio irremediable”. Tal puede ser, lo admito, el efecto de que la negligencia por la que se acusa al Gobierno no sea corregida. Pero en tal caso la improcedencia de la tutela provendría de que sus efectos serían definitivos, no transitorios: reducir a cero las emisiones de gases tóxicos.

Llego, pues, a donde quería llegar. Lo que tenemos enfrente es un nuevo conato de politizar la acción de los jueces en desmedro de las competencias que en los regímenes democráticos corresponden a quienes han obtenido sus investiduras directamente del pueblo soberano en comicios públicos, y de las propias autoridades autónomas, tales como el Banco Central.

Si un juez de tutela puede dar la orden que Dejusticia le pide, tendría también la potestad de evaluar, como consecuencia necesaria de la orden que emita, las políticas ambientales que se adopten por las autoridades y, por supuesto, decretar “inspecciones judiciales” en todo el territorio nacional para medir en el terreno los avances en la lucha contra la deforestación y celebrar “audiencias” para que las “comunidades”, y los menores de edad que fungen como demandantes, opinen sobre materias que pueden requerir conocimientos especializados. Igualmente, con los mismos laxos criterios interpretativos de nuestros apreciados colegas, bien podría introducirse una tutela para que se modifique una política monetaria restrictiva en la medida en que, según el promotor del litigio, se le afecta su derecho fundamental al trabajo…

Continuar avanzando en esa dirección sería fatídico. Los jueces no responden ante nadie; no les interesan las consecuencias financieras de sus determinaciones; no participan en los debates públicos que son comunes en los procesos previos a la adopción de políticas públicas; y, dicho con el debido respeto (o sin él), de ordinario saben mucho, pero de muy pocas cosas, casi todas relativas al mundo formal del Derecho y pocas sobre la realidad social; respecto de la física, la ignorancia de nosotros los abogados suele ser enciclopédica. Pobre país aquel en el que la adopción de las políticas públicas queda sometido al arbitrio judicial. Si esa tendencia sigue progresando el daño sería doble: a su calidad, y -pequeño detalle- a la democracia, que es el ámbito exclusivo de los ciudadanos y sus representantes. Tomen nota quienes aspiran a gobernarnos.

Briznas poéticas. Juan Manuel Roca, grande de Colombia, encara a la muerte: “No, no le tememos/ A pesar de haber sentido su mano/ Fría como un lenguado en un arpón/ como un cuchillo abandonado/ En el patio del rocío./ No le tememos/ Aunque recorra a toda hora nuestros pueblos/ Blandiendo una incansable guadaña/ Su oscuro, su negro interrogante”.

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