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Un asilo justificado

El asilo fue una decisión soberana y autónoma, basada en su propia valoración de los hechos, decisión que ese gobierno no está obligado a explicar.

Semana
27 de noviembre de 2010

El asilo de María del Pilar Hurtado es entendible y justificable. No es el primer caso en que se pueden tener dudas razonables sobre la objetividad y la imparcialidad de nuestra justicia, así como sobre la falta de garantías procesales. Es sabido que algunos miembros de la Corte Suprema de Justicia han politizado la administración de justicia y la esgrimen como un instrumento de retaliación política contra el ex presidente Uribe y sus amigos, a quienes ofrecen "alambradas de garantías hostiles", como dijo Gabriel Turbay.

Pero ese asilo no se puede interpretar como un cuestionamiento al gobierno de Juan Manuel Santos, porque en Colombia existe la separación de poderes y, precisamente por ser independientes, las objeciones contra el comportamiento de la Corte no tienen por qué afectar al gobierno. Tampoco al gobierno de Uribe se le pueden endilgar los abusos que la Corte cometió durante los últimos cuatrienios. No faltaba más. Los abusos contra los uribistas han sido muchos, pero solo llamo la atención sobre algunos casos: aplicando su medida autoritaria de encarcelar primero e investigar después, el senador Carlos García Orjuela fue puesto tras las rejas durante dos largos años, antes de que el montaje en su contra se derrumbara … El senador Gómez Gallo padece hoy el mismo vía crucis…

Pero uno de los casos más escandalosos e injustos fue la condena contra el senador Álvaro Araújo, a quien se le violaron todas las garantías procesales. Y no lo digo yo, sino el Comité de Derechos Humanos de la Unión Interparlamentaria, organismo internacional creado en 1889, que agrupa a todos los parlamentos del mundo y tiene sede en Ginebra, Suiza. Por concesión de las Naciones Unidas, a partir de 2002 este organismo tiene facultades de observador permanente para garantizar los derechos de los congresistas del mundo. Pues bien, según este organismo, Álvaro Araújo no fue sometido a un juicio justo y la actitud de la Corte Suprema afectó seriamente los derechos y principios fundamentales del debido proceso, entre ellos, la presunción de inocencia y el de ser escuchado en juicio.

Araújo tuvo que enfrentar primero a la Corte Suprema, luego a la Fiscalía General de la Nación y, después que esa Corte cambió repentinamente su propia doctrina que permitía a los parlamentarios renunciar a su fuero, su caso regresó a la misma Corte -en un caso típico de aplicación retroactiva de la ley en contra del reo-, sin opción de ser escuchado. La Unión Interparlamentaria afirma que la Corte no debió asumir un proceso judicial que no investigó ni sustanció, en el que no hubo inmediación entre el juez, las partes procesadas y el acervo probatorio. Ese organismo aseveró que en este caso y en el de otros congresistas se erosionó el Estado de Derecho. Por si fuera poco, en días recientes, cinco eurodiputados italianos pidieron ante la Comisión Europea la liberación de Álvaro Araújo porque "fue condenado sin haber sido juzgado".

Así pues, con estos antecedentes y muchos otros, es justificable el señalamiento del ex presidente Uribe y de algunos de sus ex funcionarios sobre la falta de garantías en la Corte Suprema. Por si faltaran pruebas, el presidente de esta Corte ya condenó públicamente a María del Pilar Hurtado como "victimaria", sin que ni siquiera se le hayan formulado cargos ni llamado a juicio.

Por eso es comprensible que el gobierno panameño le haya otorgado el asilo a la ex funcionaria. Fue una decisión soberana y autónoma, basada en su propia valoración de los hechos, decisión que ese gobierno no está obligado a explicar y que de ninguna manera, según lo establecen los acuerdos internacionales que regulan el asilo, debe ser entendida como un acto hostil contra Colombia. El día que haya que explicarlo, se acaba el asilo. Por eso ningún asilo es ilegal. Colombia no le reclamó a Costa Rica por otorgarle asilo a Álvaro Leyva, requerido por nuestra justicia por delitos comunes, ni a Venezuela por mantener asilado al periodista William Parra, acusado aquí de concierto para delinquir. Por su parte, Colombia le concedió asilo al peruano Alan García, buscado en su país por delitos comunes. Pero, inveterados practicantes de la ley del embudo, muchos de los que hoy se declaran indignados por el asilo de María del Pilar Hurtado en su momento no dijeron ni pío contra esos otros asilos.

Nota Bene. A la persecución judicial contra Uribe y sus amigos políticos se suma ahora la persecución académica y mediática contra la imagen de su gobierno. Clasificarlo en el puesto 20 entre los Presidentes de Colombia, en un ranking tendencioso y caprichoso, es un disparate. Pero lo importante es que la inmensa mayoría de los colombianos lo valora como el mejor en muchas décadas, así como también sabe que la falta de garantías en la Corte Suprema es una realidad.

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