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¿Gravar la educación?

Serán los mercados de trabajo, los indices de desarrollo humano, de equidad, el crecimiento de largo plazo y en ultimas la historia, quienes habrán de juzgar la reglamentación hoy en manos del Gobierno.

Ramsés Vargas Lamadrid, Ramsés Vargas Lamadrid
18 de mayo de 2017

Cuando el Estado no puede suplir todas las necesidades de la población, bien porque exceden su capacidad o porque no son de la esencia de la vida diaria, debe acudir a los particulares, o permitir que estos llenen ese vacío. Y en países como Colombia, aún en etapa de desarrollo —eso sí, con grandes avances como que estamos en la fila para hacer parte de la OCDE— uno de sus elementos sustanciales para cubrir como Estado es la educación. Y es ella una de esas necesidades esenciales a las que se acudió desde tiempos de la naciente República a la iniciativa privada, etapa subsiguiente a aquella en que la Iglesia, entroncada con el Imperio español, se ocupaba de difundir un limitado conocimiento a los nativos.

Hoy la educación es reconocida jurisprudencialmente por la Corte Constitucional como “servicio público esencial” (sentencia T-423 de 1996) al consagrar como elementos que caracterizan el Estado Social de Derecho, la igualdad y el "conocimiento" pues “la educación participa de la naturaleza de Derecho fundamental propio de la esencia del hombre y de su dignidad humana, amparado no solamente por la Constitución Política de Colombia sino también por los tratados internacionales”.

Por eso resulta discutible que ahora se pretenda —como lo establecen una serie de artículos que no se han reglamentado de la reforma tributaria— equiparar el servicio educativo privado, prestado bajo la figura de “entidades sin ánimo de lucro”, al de cualquiera otra empresa comercial y, bajo esa óptica, imponerles a las universidades altísimos gravámenes que pueden llegar al 40%, amén de engorrosos trámites que se suman al sinnúmero de requisitos que año tras año surgen de la creatividad burocrática.

Los notables avances de acceso a la educación superior que el país registra en las recientes dos décadas, con una cobertura ya cercana al 50%, un crecimiento de 18 puntos porcentuales en 10 años, la oferta de universidades en el 70% de municipios y la presencia en las aulas de más de 2.2 millones de universitarios, deberían ser el mayor motivo para estimular esta labor privada. Véase cómo, por ejemplo, de esos 2.2 millones de estudiantes, casi la mitad están en las aulas privadas. Pero lo que está ad portas de ocurrir es el fenómeno contrario: un Estado que, en el lógico afán de cubrir las deficiencias fiscales, hace uso de su poder impositivo y alarga su brazo tributarista hasta alcanzar a afectar negativamente esta positiva ola de crecimiento de la cobertura universitaria.

Y como si no fuese suficiente con lanzar esta Espada de Damocles fiscalista, también se estableció en la reciente reforma tributaria gravar en ciertos casos las donaciones lo que, de hecho, implica una talanquera casi imposible de tumbar para que surjan nuevas universidades en el país. Si algún generoso mecenas quiere pensar hoy en dejar para la posteridad un nuevo centro de educación superior, el Estado le sentencia que entrará al régimen tributario ordinario y, por lo tanto, el receptor de la donación (la universidad) deberá desprenderse de un 40% como tributo a la DIAN. En tanto que las universidades existentes no pagarán tal gravamen, un acto claramente injusto contra quienes osen considerar la apertura de una universidad. Y el donante, como premio, no tendrá ninguna deducción ni beneficio por su gesto altruista.

Quedan entonces los centros de educación superior privados sometidos a un régimen, por su condición de entidades sin ánimo de lucro, similar al de un club social o al de fundaciones que, reconociéndoles su tarea social, están lejos de la dimensión de quienes impartimos, divulgamos y promovemos el conocimiento como principio y elemento esencial del desarrollo de la humanidad.

Ni más faltaba que pasemos por alto las necesidades presupuestales del Gobierno, aún más frente al escenario del postconflicto, pero debe considerarse que las universidades privadas ya cargan con suficientes obligaciones, de funcionamiento, crecimiento y preparación, como numerosas exigencias que se les aplican en materia de supervisión e indicadores de calidad. Medidas como estas lo único que provocarán será un frenazo innecesario, inconveniente y perjudicial para que Colombia siga por la senda de la ampliación del conocimiento, que ya se veía imparable.

El gobierno a través de la DIAN tiene la palabra para que en la inminente reglamentación de la ley tributaria se haga justicia con las universidades privadas, las cuales, conforme a cualquier ranking publico o privado, es manifiesto que en un 99% están comprometidas con procesos de calidad, producción científica e innovación, siendo sin duda el sector que ha apalancado la movilidad social en Colombia y la creación de una clase media informada y calificada. Paradójicamente, la educación superior en Colombia lo que demanda del Estado es promoción y fomento, no impuestos.

Estando inmersos en una inminente cuarta revolución industrial, la educación publica y privada de calidad son las rutas inequívocas para participar solventemente en dicha dinámica económica mundial, luego, seria un contrasentido, que un sector que es referente en Latinoamérica de buenas prácticas, de buen gobierno universitario, docencia, investigación y extension, sea banalmente instrumentalizado para cuadrar cuentas de tesorería de corto plazo en la hacienda publica nacional.

Serán los mercados de trabajo, los indices de desarrollo humano, de equidad, el crecimiento de largo plazo y en ultimas la historia, quienes habrán de juzgar la reglamentación hoy en manos del Gobierno.