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Uribe contra la Corte

Antonio Barreto analiza los diversos ataques que el gobierno de Uribe ha lanzado contra la independencia judicial de la Corte y el balance que se debe mantener entre los poderes públicos

Semana
8 de septiembre de 2007

En las últimas semanas se ha hablado mucho de las “ternas de uno” de Uribe. No era para menos, dada la forma amañada y arrogante como fue elegido el hoy magistrado de la Corte Constitucional Mauricio González Cuervo. Daría la sensación, por tanto, que todo lo que había que decir sobre el tema ya está dicho. No obstante, si se mira en perspectiva, se debe reconocer que el asunto de las ternas de uno no constituye sino otro más de los diversos ataques que el gobierno de Uribe ha lanzado contra la independencia judicial de la Corte y el balance que se debe mantener entre los poderes públicos. En realidad, se ha tratado de una estrategia continua compuesta por arremetidas de diversos frentes y calibres. Y la Corte Constitucional, que hasta ahora había salido más o menos bien librada, ha tenido que empezar a retroceder seriamente, acercándose hacia un precipicio que para muchos hubiera resultado impensable sólo unos años atrás. De los diversos embates gubernamentales contra la independencia de la Corte, cuatro en particular saltan a la vista.

El primero de ellos buscó cortarle alas a una de las pocas figuras oficiales que compite con Uribe en su relativamente alto nivel de popularidad: la acción de tutela. Fueron incisivos, pero infructuosos, los esfuerzos del gobierno para limitar o simplemente eliminar varios de los atributos que hacen de la tutela el mecanismo más efectivo con el que contamos para proteger los derechos fundamentales, razón por la cual es ampliamente conocida entre los colombianos. Así, mediante varios intentos de reforma constitucional, el gobierno pretendió restringir en unos, y meramente abolir en otros, la tutela a favor de los derechos sociales, la tutela contra sentencias judiciales, y –algo que tuvo menor despliegue informativo– la tutela ejercida contra particulares. En este último caso, se buscó excluir la situación de subordinación entre sujetos del ámbito privado, lo cual en la práctica significaba abolir la tutela en materia de relaciones laborales.

La segunda arremetida fue dirigida contra la otra gran facultad con la que cuenta la Corte como guardiana máxima de la Constitución: la acción de control de constitucionalidad. En esta materia, el gobierno, nuevamente sin éxito, intentó mediante varios proyectos de reforma constitucional, restringir los denominados “efectos moduladores” de las sentencias de la Corte. En la práctica, lo que se pretendía era meter a la Corte en una camisa de fuerza para que, de manera –ilusoriamente– mecánica y a todas luces indeseable, terminara fallando los casos de constitucionalidad sólo en dos sentidos: o bien expulsando a secas la norma revisada del ordenamiento jurídico, o bien aceptándola sin condición alguna como parte del mismo. Acá el gobierno trató de negarle al juez constitucional –como si ello fuera posible– la posibilidad de establecer el sentido y los efectos de sus sentencias, cuando esta facultad justamente en muchos casos –como el que declaró inconstitucional el desventurado sistema Upac, por ejemplo– le ha evitado al país incurrir en grandes costos económicos y traumatismos administrativos. De otra parte, en relación con la facultad que tiene la Corte de revisar los decretos dictados por el Presidente bajo estados de excepción, el gobierno propuso restringir dicho examen a los aspectos meramente formales, excluyendo de tajo una revisión material o de fondo de tales decretos. Esta reforma era peligrosa, pues es justamente en tiempos de excepción cuando el Ejecutivo requiere mayores controles institucionales para atemperar el aumento súbito y temporal de sus poderes.

Pero las embestidas no se han reducido al campo de los intentos de reforma de las potestades y los poderes del Tribunal Constitucional. La tercera modalidad de ataque ha ocurrido cuando el gobierno, por diversas razones políticas o estratégicas, ha pretendido desobedecer o “hacerles el quiebre” a las decisiones de la Corte. Quizás una de las más conocidas fue la primera propuesta del gobierno para reglamentar una de las sentencias que examinó la Ley de Justicia y Paz –la C-370 de 2006–, sobre la cual varios analistas manifestaron su profunda preocupación. En efecto, mientras la Corte declaró inconstitucional reconocer como delito político las actividades paramilitares desarrolladas en casos posteriores a la entrada en vigor del fallo, el gobierno simplemente definió tales actividades como delito político en los primeros proyectos de reglamentación; mientras el fallo obligaba a los desmovilizados a confesar todos los delitos, la propuesta del gobierno no lo hacía; así mismo, la sentencia obligaba a los desmovilizados a responder por sus ilícitos con todos sus bienes –los obtenidos tanto lícita como ilícitamente–, mientras la propuesta del gobierno reducía su responsabilidad sólo a los bienes ilícitos; finalmente, el fallo prohibía que el tiempo que los desmovilizados permanecieran en las zonas de concentración se contara como parte de su pena, cuando el proyecto gubernamental llanamente lo permitía.

Se puede alegar, sin embargo, que los intentos de reforma constitucional y de reglamentación de fallos en contravía a lo dicho por la Corte, han sido sólo eso, intentos. No obstante, tal postura pierde de vista lo que en realidad está ocurriendo: el gobierno de Álvaro Uribe ha buscado, por diversos caminos, reducir los poderes político y jurídico de la Corte Constitucional. Para la muestra, la cuarta modalidad de embestida articulada por el gobierno, que ya no constituye un intento, sino, infortunadamente, una cruda realidad. Se trata de las famosas ternas de uno. El modo como fue elegido el hoy magistrado de la Corte Constitucional Mauricio González Cuervo, pasando por encima del sano equilibrio de poderes, de la sana crítica y del sano juicio de las dos primeras candidatas ternadas que correctamente no se dejaron usar, a todas luces deteriora la ya maltratada autonomía judicial de la Corte. Todos los incentivos están dados para que González Cuervo, alguien que no se caracteriza precisamente por tener un amplio bagaje académico y jurídico, y quien hasta hace pocos días fuera el secretario jurídico del Presidente, se convierta en magistrado del bolsillo del gobierno.

Lo peor es que esta arremetida, tal vez la definitiva, va a terminar mandando a la Corte al precipicio, si los seis magistrados nuevos que se nombrarán en el primer semestre de 2009 se designan de la misma forma sesgada, pedante e imperdonablemente impositiva como fue elegido González Cuervo. Con ello, el gobierno cumpliría uno de los objetivos más anhelados desde el principio, tener no sólo un magistrado, sino toda una Corte Constitucional de bolsillo: pero esto, a costa del sistema constitucional mismo, a costa de nosotros, los ciudadanos, porque sin un juez constitucional imparcial, el gobernante de turno claramente tiene muchos más incentivos para desplegar su poder de forma incontrolada y autoritaria.

Ya estamos empezando a ver las reales consecuencias de introducir la reelección presidencial de forma repentina, sin haber reformado otras normas constitucionales que permitan la existencia de verdaderos contrapesos al apetito de poder –cada vez más insaciable– del Presidente. La forma como Uribe –con la complicidad del Senado– eligió a González Cuervo lleva seriamente a pensar que tenemos un gobernante que, en la práctica, no cree en un Estado complejo, en la real separación de poderes mutuamente controlados y sanamente autónomos dentro de su esfera de acción, en resumen, en una democracia constitucional; tenemos un gobernante que, de esta forma, a lo que en realidad le apuesta es a un Estado chato, simplón, sometido por completo a su mando, donde los poderes no se controlen entre sí, no sean autónomos y queden expuestos al poder omnívoro del gobierno. Desde esta perspectiva, Chávez y Uribe son mucho más parecidos de lo que uno en principio pudiera llegar a creer.


* Director del Observatorio Constitucional de la Universidad de los Andes y asesor del Grupo de Derecho de Interés Público de la misma Universidad.

El Grupo de Derecho de Interés Público de la facultad de derecho de la Universidad de los Andes (G-DIP), es un espacio académico que persigue tres objetivos fundamentales: primero, tender puentes entre la universidad y la sociedad; segundo, contribuir a la renovación de la educación jurídica en nuestro país; y tercero, contribuir, a través del uso del derecho, a la solución de problemas estructurales de la sociedad, particularmente aquellos que afectan a los grupos más vulnerables de nuestra comunidad.

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