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Vicios privados, virtudes públicas

La intimidad de las personas públicas no es la de un hombre o mujer de familia cualquiera. Como anuncia el título de la película húngara que me robé para esta columna, la transparencia en las relaciones familiares, personales y sociales de los gobernantes importa.

Semana
14 de septiembre de 2011

De pura telenovela resulta uno de los casos en los que sesionó la Corte Interamericana en Bogotá en días pasados. Verdugo y protagonista: El expresidente Carlos Menem y el Estado argentino. Víctimas y ahora demandantes: los periodistas Fontevecchia y D`Amico. Hechos: la publicación de fotos e información sobre un hijo no reconocido por el entonces presidente. La demanda ante la Corte se origina en la condena a los periodistas por haber violado la intimidad de Menem.

A primera vista, uno diría que si se trata de la vida privada, y un hijo no reconocido pareciera serlo, el caso no tiene porqué interesar a nadie. Pertenece a la esfera de la intimidad del hijo y del padre. Esto fue lo que pensaron los jueces argentinos cuando condenaron a los periodistas a pagar daños y perjuicios por violar la vida privada de Menem. Sin embargo, a medida que se van develando los detalles del asunto y se analizan casos similares, la información pareciera volverse de interés público y la condena a tener tufo de censura.

Para ilustrar mejor esta tensión entre la intimidad presidencial y la libertad informativa, se vale recordar algunos ejemplos célebres. Se puede traer a colación el jugoso caso de Monica Lewinski y el expresidente Bill Clinton que supongo no hay que explicar porque está en el imaginario universal, así como el de Mazarine, la hija oculta del expresidente Francois Miterrand. En Colombia, esconder paternidades no parece ser una práctica reiterada. Sin embargo, en materia de intimidades presidenciales es memorable la nota que el abogado del expresidente Samper le escribió en pleno juicio al investigador de la infiltración de dineros del narcotráfico. La nota fue captada y divulgada por medios televisivos que luego fueron condenados en una desconcertante tutela por violación de la intimidad y de la correspondencia privada.

¿Tiene derecho la sociedad a conocer esta información privada o el político a mantenerla oculta?

En el caso Menem la posición de la relatora especial para la libertad de expresión de la OEA arroja luces. Después de explicar porqué los políticos, que se han sometido a la confianza pública para acceder a los más altos cargos de representación, gozan de menor protección en su intimidad, la relatora anota los criterios aplicables y los cinco casos en que la información es de relevancia pública, por lo cual la intimidad se relativiza. Se refiere entonces a circunstancias que atienden a las funciones que la persona pública ejecuta, al incumplimiento de un deber legal y a la relevancia del dato con la confianza depositada por la ciudadanía, entre otras. Basta que se cumpla uno de los casos, y en la situación de Menem se dan todos. Los mismos jueces al contrainterrogar a la relatora y a la defensa fueron incluso más allá, al preguntarse si un padre, presidente o no, puede considerar de su intimidad negarle el derecho a una familia a su propio hijo, al no reconocerlo y exigir que se mantenga oculta su paternidad.

Y que no se diga que los medios se están metiendo en la cama de los políticos. Si la cama no tiene relación con la esfera pública, la privacidad debe reinar. Ahí está el quid. En el caso de Menem, por ejemplo, las fotos que publicaron los periodistas eran en la Casa Rosada, algunas en plena reunión de ministros, el niño estaba amenazado y el presidente, valido de su cargo le pedía asilo a un presidente vecino. ¿Cómo alegar intimidad entonces? Como sostiene uno de los periodistas del caso, esta información ayuda a entender “los códigos éticos” de la gente que tiene el poder.

Para derivar lecciones en Colombia de un caso que seguro fijará estándares en la materia, sería bueno que los próximos candidatos a elecciones municipales, triunfen o no, tengan en cuenta que su intimidad no es la de un hombre o mujer de familia cualquiera. Están expuestos al escrutinio público y sus relaciones íntimas, sociales y familiares importan en la medida en que tengan relación con la esfera pública. Es decir, los vicios privados no lo son tanto; dejan de serlo en la medida en que afecten las virtudes públicas.


*Subdirectora del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (www.dejusticia.org)

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