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De la movilización de las víctimas depende el éxito final en la ley que pasa a consideración del Senado

Semana
31 de diciembre de 2010

El 27 de septiembre de 2010 se dio inicio formal a una nueva posibilidad para que Colombia cuente con una legislación adecuada para la gran cantidad de víctimas de graves violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario. En un acto sin precedentes, el Presidente de la República Juan Manuel Santos Calderón, en medio de un ambiente de entusiasmo generado por el notable cambio de posición que esta acción significaba respecto del gobierno anterior, radicó en la Cámara de Representantes el texto del proyecto de ley que actualmente ya se encuentra aprobado en su segundo debate, restando la mitad del camino para que se convierta en ley de la República. En este punto del proceso ya es posible analizar la forma en que esta iniciativa ha sido recibida por los miembros del poder legislativo y en qué medida el texto aprobado por la plenaria de la Cámara de Representantes resulta garantista de los derechos de las víctimas.

El texto del proyecto de ley que se hundió anteriormente sirvió de base para iniciar la concertación previa a la radicación de la iniciativa el 27 de septiembre, la cual como es normal comenzó inmediatamente a tener modificaciones, destacándose que en la ponencia para primer debate en la Comisión Primera de la Cámara, se incluyo la creación de una comisión de la verdad ausente en el texto original, así como mecanismos para reforzar el principio de buena fe a favor de las víctimas.

En esta primera etapa del debate se escucharon opiniones generales sobre el proyecto de ley y durante las 4 sesiones que se necesitaron fueron escasas las referencias a los temas sensibles de la iniciativa como el concepto de víctima, sin embargo si se comenzaron a escuchar voces de los representantes del Partido de la U que poniendo el acento en el tema fiscal, tímidamente planteaban argumentos que bien podrían ser considerados de oposición al proyecto, pero que bajo la idea de la Unidad Nacional y por la importancia que reviste el proyecto para el actual Presidente de la República, no pudieron ser expresados con la fuerza y contundencia de épocas pasadas.

El consensó que frente al proyecto tienen los partidos que hacen parte del proyecto de unidad nacional, motivó a que sin mayor discusión en las sesiones, pero con base en acuerdos previos, pudieran ser votados en bloque varios artículos, pudiendo pasar sin contratiempo gran cantidad de  principios, lo referente  a los derechos de las víctimas en procesos judiciales, así como el grueso de los artículos referidos al procedimiento de restitución de tierras, la atención psicosocial y al Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas.

Con las demás disposiciones del proyecto no hubo mayor dificultad en llegar a acuerdos durante las sesiones, pero la coyuntura desatada por la declaratoria de inconstitucionalidad de la aplicación del principio de oportunidad a los paramilitares rasos, se impidió el estudio a fondo de la reparación por vía administrativa, la fecha a partir de la cual se reconocerían las víctimas, el concepto de víctima y el funcionamiento de la comisión de la verdad, cuestiones que fueron dejadas como constancias para permitir el avance de la iniciativa legislativa.

Con esta innegable relación del proyecto de ley de víctimas con otras iniciativas legislativas, como la de los desmovilizados y el proyecto de sostenibilidad fiscal, se daba inicio al segundo debate que estuvo marcado por la votación de impedimentos de los representantes, quienes a pesar del concepto del Consejo de Estado, según el cual no existía conflicto de intereses y que a algunos de ellos ya se les había negado en la Comisión Primera, resolvieron presentarlos y la plenaria de la Cámara los voto afirmativamente, excluyendo del debate a veintinueve parlamentarios.

En esta oportunidad el debate se siguió de manera similar a como había ocurrido en la Comisión Primera de Cámara, se votaron un gran número de artículos en bloque frente a los cuales no había discusión y que corresponden de manera general a los mismos temas que pasaron sin dificultad ese primer debate, sin embargo para esta oportunidad la ponencia en segundo debate contaba con varias modificaciones entre las cuales se destacan la supresión de la Comisión de la Verdad, bajo el argumento de que el proyecto de ley sobre desmovilizados,  que hoy está listo para sanción presidencial,   cuenta con un mecanismo extrajudicial de contribución a la verdad.

Otra de las modificaciones consistía en la creación de mecanismos para efectos de identificación y persecución del patrimonio,   operaciones fraudulentas de ocultamiento de activos de miembros de grupos armados y la determinación en sentencia del apoyo a los victimarios, proveniente de empresas legalmente reconocidas. También se incluyo en la ponencia el fortalecimiento del fondo de reparación con la inserción de las donaciones en cajeros y el redondeo de vueltas, así como el artículo que desataría la mayor polémica, “el reconocimiento de la calidad de víctima a partir de 1993”, fecha que a pesar de existir acuerdo en modificar a 1985, finalmente se fijo en 1991.

Este panorama general nos muestra como se ha venido avanzado en la discusión respecto del proceso legislativo anterior, que culmino con el hundimiento del Estatuto de Víctimas. En esa oportunidad el punto de arranque excluía a las víctimas de Agentes del Estado y no contaba con el apoyo del gobierno, a diferencia de este, para el que existe un respaldo.

No deja de preocupar el hecho que la ley le otorgue reconocimiento a personas afectadas por el conflicto armado a partir de 1991 y se deje por fuera una cantidad de víctimas, no tan numerosos, pero si representativos y emblemáticos para la memoria de nuestro país y que fueron perjudicados por la acción de las grupos irregulares con anterioridad a ese período.

De la misma forma es necesario no perder de vista la Importancia del avance de otras iniciativas legislativas como la de los desmovilizados y la de la sostenibilidad fiscal, que sin duda tienen injerencia directa respecto del proyecto de ley de víctimas, la primera sobre todo en lo que hace referencia al mecanismo extrajudicial de contribución a la verdad, sobre el cual se deja un amplio margen de maniobra al gobierno nacional en relación con sus competencias, la forma de designación de sus miembros y el funcionamiento concreto de este elemento de justicia transicional de tan trascendental utilización en sociedades, que como la nuestra han atravesado por periodos de graves y sistemáticas vulneraciones a los Derechos Humanos; y la segunda porque dependiendo del rango normativo con el que se defina la sostenibilidad fiscal, podría hacer inocuas las disposiciones que a favor de las víctimas establece el proyecto de ley.

En esta medida aún resta por enfrentar las discusiones que sobre el tema de la sostenibilidad fiscal se darán en el Senado, pues seguramente este argumento será de recurrente utilización por aquellos que no están de acuerdo con la filosofía del proyecto de ley, el cual, a pesar de haber recibido el aval del Ministerio de Hacienda y de haberse explicado el tratamiento fiscal que recibirá durante su vigencia, seguirá siendo objeto de este tipo de críticas, razón por la cual la movilización de los grupos de víctimas será determinante para el éxito de la iniciativa, que igualmente deberá luchar por establecer una fecha de reconocimiento de personas afectadas por el conflicto armado, así como garantías de estabilidad y protección para los reclamantes de tierras.

Poblaciones Afectadas por el Conflicto

Corporación Nuevo Arco Iris