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La demanda que enreda al alcalde de Ciénaga, Luis Tete Samper

Semana
6 de marzo de 2012

En el Tribunal Administrativo del Magdalena cursa una demanda que pide que se declare la nulidad de la credencial expedida a nombre de Luis Alberto Tete Samper, actual alcalde de Ciénaga, para el periodo 2012-2015. ¿La razón de la demanda? Tete Samper habría sido contratista del Estado dentro del año anterior a su elección y en el mismo municipio que ahora dirige, con lo cual violaría el régimen de inhabilidades. SEGUIMIENTO accedió a los documentos que soportan dicha demanda.


Según consta en la demanda, interpuesta por el ciudadano Hernando Escobar Medina, Tete suscribió un contrato de Concesión Minera con el Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, dentro del año anterior a la fecha de su elección. Se trata del contrato GER-101, el cual fue inscrito en el Registro Minero Nacional (RMN) el 4 de agosto de 2011, casi tres meses antes de las elecciones, luego de efectuarse una modificación a las etapas de su duración.

 

Según fundamenta la demanda, los contratos de concesión minera se perfeccionan con la inscripción en el Registro Minero Nacional, que es un medio de autenticidad y publicidad de los actos y contratos estatales, y que –según lo advierte el mismo Ingeominas– solo pueden comenzar a ejecutarse cuando se cuente con el título minero, esto es, “cuando el contrato sea inscrito en el RMN”.

De acuerdo con el artículo 95 del Régimen de Inhabilidades, “no podrá ser inscrito como candidato, ni elegido, ni designado alcalde municipal o distrital quien dentro del año anterior a la elección haya celebrado contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio”.

 

Este medio revisó la documentación y encontró que Luis Tete Samper cedió el 100% de los derechos mineros sobre el contrato GER-101 el 20 de septiembre de 2011 a la sociedad Minerales Luis Tete Samper y CIA S.C.A., creada por él mismo el 20 de octubre de 1998 y en la que figura como socio gestor “hasta el momento de su fallecimiento”, tal como aparece en la escritura de constitución de la sociedad.

 

En dicha sociedad figuran como accionistas Jhon Alexander Tete Peñaranda, Ricardo Alberto Tete Peñaranda y Elizabeth Patricia Tete Peñaranda y Juribeth Patricia Tete Escobar, todos hijos del actual alcalde. Así como Josefina Cecilia Peñaranda Meriño, madre de los tres primeros.

 

Además, se encontró que la dirección comercial de esta sociedad (según consta en la Cámara de Comercio de Santa Marta) es la carrera 21 N. 07-06, en Ciénaga, misma dirección de residencia del alcalde Tete Samper.

No obstante que Tete había cedido la titularidad sobre el contrato en septiembre de 2011, el 31 de octubre (un día después de elecciones), Tete Samper radicó un documento relacionado con el contrato GER-101 en el que figuraba como “titular minero” del contrato de concesión.

 

La situación de Tete en relación con este contrato también genera una particular polémica, pues es la Alcaldía de Ciénaga, hoy representada por Luis Tete Samper, la encargada de la supervisión de la explotación de los minerales en este municipio, para luego establecer el monto a pagar por parte de los concesionarios en favor del Estado.

 

Debe responder. Escobar Medina, demandante, manifestó que la elección del alcalde de Ciénaga está viciada de nulidad, en primer motivo, por haber desconocido el Régimen de Inhabilidades consagrado en el artículo 95, numeral 3, de la Ley 136 de 1994.

 

“Con este hecho, el alcalde se ubicó en una situación privilegiada, aprovechando una oportunidad de la cual, por su parte, no dispusieron los demás candidatos. Tengamos en cuenta que, con esta concesión minera, Tete adelantó gestiones derivadas de la explotación de minerales ante la Alcaldía de Ciénaga, entidad que meses después él comenzó a manejar en calidad de alcalde”, explicó Escobar.

 

SEGUIMIENTO trató de comunicarse con el alcalde Luis Tete Samper para conocer su posición sobre el tema, pero no hubo respuesta a las llamadas.

Descargue la demanda aquí 


Por Polo Díaz-Granados
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