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¿Ley de Víctimas un tema de reparación con tierras?

Semana
27 de julio de 2011

 

Detrás de la Ley de víctimas, hay un tema de reparación que va más allá de la tierra, pues implica una interacción en un territorio que no se tiene en cuenta y es esa tierra uno de los temas de fondo, ya que en este Ley es entendida como un simple predio en la lógica del mercado.

La Ley de Víctimas y Restitución de Tierras fue impulsada por política del Gobierno de Santos que demanda una justicia transicional para asumir parte de los problemas generados por la guerra, básicamente orientada en la Ley 975 de 2005 de Justicia y Paz. Esto bajo la figura de verdad, justicia, reparación y no repetición que aleja la noción del delito de despojo del territorio.

El sociólogo, John Jairo Rincón establece el contexto de la zona suroccidente del país en el que surge la Ley de Víctimas en donde a la población se le ha arrebatado el territorio por procesos agroindustriales. La construcción de esta Ley se plantea desde un postconflicto que bajo la figura de la verdad no configura el delito de despojo del territorio. “Con la Ley hay una víctimatización en donde las figuras sociales son reemplazadas por usuarios de servicio, dando paso al vulnerando y finalmente hacía la víctima como una construcción de ciudadano de forma privilegiada, establecida por el Gobierno. Es así como también lo privado entra a materializarse a través de lo público”, añade John.

Con la Ley se crea la Unidad Admintrativa para la Gestión de Restitución de Tierras, bajo el Ministerio de Agricultura. Esto para Jhon Jairo genera dudas dada la política de agricultura y el desarrollo rural del Ministerio. De igual forma cuestiona el qué reparar, si éste se debe ver más allá de lo económico con daño psicosociales y transgeneracionales. Se pregunta por el qué despojaron, refiriendo que no sólo es la tierra, es el territorio donde hay un despojo de tejidos socioculturales, “no se interviene las condiciones sociales del conflicto, no atiende a la sociedad en su conjunto. El despojo va más allá de una propiedad, hay relaciones territoriales, un entrerramado y múltiples condiciones sociales. Si se nombra la atención psicosocial, ésta es focalizada al individuo como afectado”.

Para este sociólogo en la Ley no hay una conceptualización que permita entender la reparación integral, ya que no se puede mirar la Ley sin el contexto del desarrollo económico y político del Gobierno, “en el contenido y el desarrollo práctico de la Ley se ve la carencia”. Más aún genera reflexión al no considerar víctimas a personas que sufren daños por consecuencia de la violencia común en relación a las “Bacrim”. Este tema es un punto cuestionado por el que se adelantan demandas porque la Ley no cubre en su totalidad a las víctimas del conflicto armado. Jairo añade que la Ley genera una competencia de la víctima con el pobre, además que condiciona a la víctima con un sometimiento del Gobierno donde incluso se prohíbe la toma de tierra por ser una causal de pérdida de la condición de víctima.

Esta Ley acude a una relación de servicios sociales obligatorios como salud y educación, bajo la figura de medidas asistenciales sociales. De igual forma la persona debe firmar un contrato de transacción que no da pie para indemnizaciones futura, ya que la víctima no podrá desarrollar acciones jurídicas por verdad y reparación. “En esta Ley se disminuye la ampliación de la definición de restitución, ésta se centra en predios y casi que en la escritura”, manifiesta Jhon. Lo que para él busca la formalización de la tenencia de la tierra, lo que se convierte en un elemento de despojo porque entra en el mercado de la tierra. Es una restitución que se debe hacer, así no se aplique el retorno, lo que daría paso a la comercialización del predio.
Finalmente, el sociólogo establece que es una Ley que no responde a una necesidad de fortalecer el sector de la economía campesina y la tenencia de la tierra, eleva la inquietud ¿desde qué perspectiva se aborda y propone la política?

Para el ciudadano Camilo Ernesto, la Ley de Víctimas es un proyecto que flexibiliza normas jurídicas por encontrase viciadas en su origen y aplicación. Agrega que no hay una figura que restituya el bien común o el territorio de una población.

Frente a esta Ley el investigador, Daniel Libreros, aclara que ésta es una formalización de la propiedad para negociar la tierra con la falacia de postconflicto. Además no es equivalente con el número de desplazados de país, “busca cooperativizar para someter el uso de la tierra a lógica del mercado y el uso en monocultivo”. Esto se añade al despojo del territorio por multinacionales con complacencia de las políticas económicas del Gobierno, en donde se le quita la tierra al campesino para ser explotada industrialmente. Lo que genera un tipo de despojo por parte del Estado que no está siendo reparado.

Para el Historiador, Vega Cantor Renán esta Ley abre camino a una nueva historia oficial que niega las causas históricas del conflicto armado, donde el capitalismo ha sido un genocida en los territorios y además hay una impunidad del terrorismo del Estado que no asume su responsabilidad en la violencia.?

 

Publicado en: http://neydersalazar.blogspot.com/?