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En menos de 24 horas, y en un hecho sin precedentes, el Congreso sepultó una reforma constitucional que había diseñado de la mano del gobierno durante once meses. | Foto: Guillermo Torres

DECISIÓN

Corte Constitucional investigará quiénes fueron los autores del orangután de la reforma a la Justicia

Al admitir la demanda contra la reforma a la Justicia, el máximo tribunal pretende establecer si hubo un intento de sustituir la Constitución del 91 y quiénes fueron los responsables del golpe contra la Carta Política.

26 de julio de 2012

En la mañana del 28 de junio, mientras en el Congreso las plenarias del Senado y la Cámara evitaban darle vida al 'orangután' de la reforma a la Justicia, el magistrado de la Corte Constitucional Jorge Iván Palacio presentó su carta de renuncia a los "eventuales beneficios y prerrogativas" que el proyecto de reforma a la Justicia le ofrecía a los magistrados de las altas cortes, entre ellos, la ampliación de su periodo a 12 años.

La decisión del magistrado Palacio se convirtió en determinante para que la Corte Constitucional admitiera una demanda contra el proceso de aprobación de la reforma a la Justicia que el Congreso cumplió al aprobar los ocho debates y la etapa de conciliación que requería la iniciativa.

Con esa carta de renuncia, Palacio no quedaba impedido ni inhabilitado para pronunciarse si la Corte podía admitir la demanda de una reforma constitucional que, como no fue publicada, nunca entró en vigencia.

Hacia el medio día de ese 28 de junio, la Cámara de Representantes y el Senado, de forma simultánea, aceptaban las objeciones que por "inconveniencia e inconstitucionalidad" le hizo el presidente Juan Manuel Santos a la reforma a la Justicia. En un hecho sin precedentes, el proyecto fue archivado (cuando el Congreso sólo aceptó las objeciones de inconveniencia), con lo que el capítulo de la cuestionada reforma parecía llegar a su punto final.

Pero la Corte Constitucional, al admitir la demanda que puso la Red de Veedurías Ciudadanas de Colombia (Redver) al proceso de aprobación del proyecto, decidió sumergirse a fondo para tratar de establecer quiénes fueron los responsables de engendrar la 'inconveniente creatura' de la reforma a la Justicia.

Esa es la principal conclusión que se desprende del auto con el que la Corte Constitucional aceptó la demanda, conocido por Semana.com.

Porque en la decisión, además de dejar constancia de que la Corte sí tiene la competencia para decidir sobre "los actos reformatorios de la Constitución", el máximo tribunal ordenó la práctica de pruebas para investigar, paso a paso, y desde el mismo momento en que el ministro del Interior de entonces, Germán Vargas Lleras, radicó el proyecto en la secretaría del Senado, cuáles fueron los vicios de procedimiento que hubo en los once meses de trámite de la fallida reforma.

La Corte le ordenó a las secretarías del Senado y la Cámara de Representantes enviar las gacetas en las que se publicaron las ponencias para cada uno de los debates; las actas de las sesiones en las que se discutió el proyecto, con todos sus soportes incluidos (audios y videos de las sesiones); y las actas de las votaciones con las que se aprobó el proyecto.

El máximo tribunal constitucional también pidió con particular énfasis las actas del trámite de conciliación, y de las sesiones extraordinarias con las cuales se adelantó el trámite de las objeciones presidenciales al proyecto.
 
En otras palabras, la Corte Constitucional decidió poner su lupa a cada ponencia, cada proposición, cada sugerencia, cada intervención de los parlamentarios, de los ministros, hasta de los magistrados de las altas cortes. Cada detalle de los ocho debates, de la conciliación y hasta de las reuniones por fuera del parlamento donde se diseñó el texto definitivo, que la opinión pública decidió calificar de orangután cuando se conocieron las numerosas gabelas que los legisladores incluyeron en un proyecto que a todas las luces los beneficiaba, incluso a quienes tuvieron en algún momento la dignidad de congresistas.  
 
Pero lo más significativo de la decisión es que le comunica al presidente de la República, a los presidentes del Senado y la Cámara, y los ministros del Interior y de Justicia, sobre la apertura de este proceso, con el único fin de que si lo consideran "oportuno", intervengan de forma directa o a través de un apoderado.

Además, la Corte Constitucional decidió invitar a los presidentes de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, el Fiscal general, todos los jefes de los partidos políticos, exmagistrados de la Corte Constitucional como Eduardo Cifuentes y Carlos Gaviria, al exvicepresidente Humberto de la Calle, decanos de las facultades de derecho, u organizaciones civiles, para que fijen su posición sobre esta demanda de inconstitucionalidad.

Obviamente, la Corte le compulsó copias de la decisión y ordenó el posterior traslado de todas las pruebas que conformará el expediente al Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, quien está obligado a rendir un concepto de constitucionalidad sobre el proceso de aprobación de la reforma a la Justicia en el Congreso.

En la práctica, la decisión de la Corte pretende establecer si hubo un intento de sustituir la Constitución del 91, es decir, si se configuró una especie de crimen contra la Carta política, y como si se tratara de una investigación forense, establecer quiénes fueron los responsables.

De momento, se desconocen los alcances que pueda tener esta investigación, que en otras palabras, es el primer debate sobre el cuestionado capítulo de la reforma a la Justicia. A esta discusión están siendo invitados todos los poderes del Estado.

"El 'orangután' está muerto": Corte

El debate jurídico sobre si la Corte Constitucional es competente o no para pronunciarse sobre un proyecto que nunca entró en vigencia, pareció quedar resuelto gracias al artículo 241 de la Constitución, que establece que la Corte "decidirá sobre las demandas de inconstitucionalidad que promuevan los ciudadanos contra los actos reformatorios de la Constitución, cualquiera que sea su origen, solo por vicios de procedimiento en su formación".

En el auto, el magistrado Jorge Iván Palacio considera que no se necesita que la reforma a la Justicia haya entrado en vigencia, porque el proceso de construcción de formación del acto legislativo culmina con su aprobación en el Congreso, lo cual sucedió.

En ese sentido, una de las razones que permitieron la admisión de la demanda es que esta fue interpuesta el 25 de junio, cuatro días después de que culminó el trámite de la reforma, y un día antes de la formulación oficial de las objeciones presidenciales.

El magistrado Palacio, en la decisión, advierte que admitir la demanda no constituye que la fallida reforma a la Justicia "cobre vigencia o se encuentre produciendo efectos jurídicos".