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El proyecto que radicará el Gobierno en el Congreso propone crear el Registro Electoral en reemplazo del Censo Electoral.

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Gobierno propone nuevo código electoral

El proyecto será presentado al Congreso en las próximas semanas. Pretende regular las reglas de las elecciones y unificar la legislación vigente.

30 de agosto de 2011

En medio del debate electoral, y de las múltiples irregularidades denunciadas en varias regiones del país, el Gobierno se comprometió a modificar parte de las reglas de los procesos electorales.

El ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, anunció que en la segunda semana de septiembre radicará un proyecto de ley en el Congreso que pretende establecer un nuevo código electoral para el país. El propósito: unificar en un sólo cuerpo la legislación electoral vigente.

Vargas Lleras dijo que el proyecto reglamentará los principios que rigen las elecciones y la conducta de los actores políticos y administrativos, el derecho al sufragio, los cargos y las corporaciones de elección popular y los requisitos y limitaciones del derecho a ser elegido.

“Es un código integral que define con precisión las inhabilidades e incompatibilidades de los aspirantes y también aspira a reglamentar todo lo concerniente a la publicidad y al acceso a ella. De la misma manera regula las competencias de la Sala Electoral y del Consejo Nacional Electoral, que en algunos casos se confunden”, explicó el jefe de la cartera política.

El nuevo código regulará las consultas de los partidos, los titulares del derecho de postulación, la inscripción de candidatos, su impugnación y revocatoria. También se ocupará de las campañas y su financiación, como también de las votaciones, en cuanto a fecha, suspensión y convocatoria de nuevas elecciones.
 
Vargas Lleras explicó que este proyecto incluye la creación del Registro Electoral en reemplazo del Censo Electoral. “Este servirá no sólo para ejercer el derecho al sufragio, sino también para las demás actividades que el ciudadano ejerza frente al Estado”.

La propuesta también establece inhabilidades específicas para servidores públicos de elección popular en las entidades territoriales, al tiempo que adopta definiciones para la aplicación de dicho régimen, tales como la diferenciación entre autoridades civil, política, militar, administrativa y de policía.

Los alcances del nuevo código electoral

- Define el concepto de circunscripción electoral de acuerdo con cada proceso y el territorio en que se desarrolla. Así mismo, se tiene en cuenta el caso de los jueces de paz, cuya circunscripción será definida por el respectivo concejo municipal.

- En relación con la conformación de las listas, se ratifica la cuota de género del 30 por ciento.
 
- Precisa el concepto de umbral electoral, así como el del sistema de mayoría para los cargos uninominales y proporcional para las corporaciones públicas.

- Aclara los conceptos de “ciudadanía” y “residencia electoral”.

- Establece que los nacionales por nacimiento o adopción que tengan doble nacionalidad no podrán ser gobernadores ni alcaldes en las entidades territoriales fronterizas.

-Señala que los extranjeros mayores de 18 años podrán participar en las elecciones locales siempre y cuando cumplan requisitos como llevar cinco años de residencia en la respectiva circunscripción.

- Determina las calidades y los requisitos de los candidatos a cargos y corporaciones de elección popular, incluyendo jueces de paz.

- Señala que ningún régimen de inhabilidades e incompatibilidades para servidores públicos de elección popular será superior al establecido para los congresistas en la Constitución.

-Reglamenta la participación política de los servidores públicos.

-Regula el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa popular legislativa y normativa y la revocatoria del mandato para garantizar la incidencia de los promotores, quienes deberán ser convocados a todas las sesiones en que se tramite el proyecto y tendrán derecho a ser oídos en todas las etapas del trámite.