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Reparación y restitución de tierras cobijará a víctimas sólo a partir de 1991

Esa fue laprincipal modificación de la plenaria de la Cámara de Representantes que aprobó en segundo debate el proyecto de ley de víctimas. El Polo Democrático rechazó tal determinación al argumentar que el exterminio de la UP quedará sin reparación.

13 de diciembre de 2010

De la ley de reparación y restitución de tierras sólo podrán beneficiarse aquellas personas que hayan sido víctimas a partir del primero de enero de 1991.
 
La decisión fue aprobada en forma mayoritaria por la plenaria de la Cámara de Representantes que decidió, con 97 votos a favor y 7 en contra, poner ese límite temporal al proyecto de ley.
 
De esta forma se modificó el acuerdo previo a la discusión y que pretendía que los beneficiarios de esta ley fueran a partir de 1985, con el propósito de no excluir a un gran universo de víctimas, especialmente de la ofensiva del Cartel de Medellín, las primeras masacres de los paramilitares, y las primeras violaciones a los derechos humanos perpetradas por las Farc luego de su VII Convención (que fue celebrada en 1984).  
 
Para el Polo Democrático la decisión es excluyente, porque de fijar los términos en el año de 1991, exluye de esta ley las víctimas del exterminio del partido político Unión Patriótica.
 
El Partido Liberal había defendido la reparación desde 1985, pero aceptó y acompañó la decisión de la plenaria de la Cámara.
 
Fue el partido de la U el que impuso su criterio en este tema, y el representante Augusto Posada argumentó que el partido "no está en contra de las víctimas, pero quiere hacer una ley responsable".
 
El Gobierno, en boca del Ministro de Agricultura, Juan Camilo Restrepo, hizo tres observaciones a que la ley cobijara a víctimas desde 1985, y aunque advirtió que no se oponía a esa fecha, sí consideró que el año que más lo convencía era el de 1993.
 
El ponente liberal del proyecto, representante Guillermo Rivera, cuestionó la ambigüedad del Ministro. Finalmente, las observaciones del Gobierno llevaron a que la plenaria se inclinara, por el año de 1991, con el argumento de coincidir con el momento en que se promulgó la vigente Constitución de Colombia.
 
El Polo Democrático, al término de la discusión de este artículo, decidió levantarse del debate.
 
El representante conservador Ómar Bravo también dijo que el proyecto le otorga facultades al Gobierno, y será el ejecutivo el responsable de buscar los recursos para viabilizar esa ley.
 
Por eso, como coordinador de ponentes, Bravo les aclaró a los distintos partidos políticos que el texto que apruebe la plenaria, excluye montos o topes de indemnización administrativa, y que será discrecionalidad del Gobierno definirlos en los decretos reglamentarios que se produzcan posteriores a la aprobación de la ley.