Home

Política

Artículo

Las víctimas han pedido que el proyecto de Ley para la protección de sus derechos se archive si no cumple con los estándares internacionales de justicia. | Foto: León Darío Peláez

VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO

Reparar no es asistencia social: Corte Constitucional

El proyecto de Ley de Víctimas que será debatido por el Congreso el próximo martes tiene apartes incompatibles con la jurisprudencia que sentaron los magistrados en un fallo de tutela de esta semana en favor de un grupo de desplazados.

César Paredes, periodista de Semana.com
29 de mayo de 2009

Una luz de esperanza para las víctimas se encendió esta semana después de que la Corte Constitucional ratificara que la reparación del Estado debe incluir una “justa indemnización” por los daños morales, materiales y por el dinero que dejó de recibir una persona por causa del conflicto. El Alto Tribunal revocó, a través de el fallo de una tutela, una sentencia de del Tribunal Superior del Distrito de Santa Marta, que negó la reparación de los daños sufridos de varias personas desplazadas

Así, la sentencia le dio la razón a los desplazados quienes pidieron una reparación justa y ordenó a Acción Social (la organización del gobierno demandada) que cumpla con los conceptos de reparación e indemnización que ordena la Ley.

La sentencia de la Corte Constitucional, que fue publicada esta semana, contradice el espíritu del proyecto de Ley de Víctimas que tendrá su último debate en el Congreso, el próximo martes, en la plenaria de la Cámara.

El proyecto de ley inicial (impulsado por el Partido Liberal) fue modificado, por la mayoría de la coalición del gobierno, en su paso por la Comisión I de la Cámara. Inicialmente planteaba que la reparación de las víctimas del conflicto era “responsabilidad del Estado”. Sin embargo, en la propuesta aprobada, la Comisión I de la Cámara eximió al Estado de la responsabilidad para que quedara explícito que el Estado reparaba por “solidaridad”.

El fallo de la Corte Constitucional dice – en contravía de lo que indica el proyecto-, que el Estado está en la “obligación de proveer (la asistencia social) a todas las personas en especial a los que se encuentran en situación de vulnerabilidad y en el caso especial de las víctimas del desplazamiento forzado ". Pero aclara que la asistencia social no equivale a la reparación.

Asimismo, el proyecto de ley que se discute en el Congreso planteaba que los daños o pérdidas que sufran sus bienes, no serán reparados, solamente les serían devueltas sus tierras o serían indemnizados por haberlas perdido. La Corte Constitucional dice que sí deben ser reparados, y va más lejos al indicar que el Estado debe indemnizar a las víctimas por los “daños morales” que sufren, refiriéndose a los perjuicios que causa el desplazamiento.

El próximo martes se le medirá el pulso al Legislativo. “El Congreso debe decidir si va a seguir legislando para el gobierno, o basado en el derecho constitucional”, dijo a Semana.com, Patricia Buriticá, integrante de la Comisión Nacional de Reparación y quien ha participado en todas las discusiones del proyecto de ley, en representación de la víctimas.

Buiriticá dijo que este fallo de la Corte no es el único que se ha dado para proteger los derechos de las víctimas, sino que este tribunal ha acumulado una rica jurisprudencia en ese sentido. Por esta razón, dijo que si el Congreso insiste en aprobar el proyecto como salió de la Comisión I de la Cámara, es mejor que se hunda.

Esa posición ha sido respaldada por varias organizaciones civiles, que ayudaron a nutrir la propuesta inicial, para que el proyecto se acogiera a los principios del derecho internacional y constitucional. Entre ellas está el Centro Internacional para la Justicia Transicional, Dejusticia, la y la Fundación Social.

En marzo, 6.320 víctimas de distintos departamentos del país firmaron una carta en la que le pidieron al Congreso que hundiera el proyecto por que según ellos “no recoge los intereses y necesidades de las víctimas, haciendo de ésta, una ley excluyente, desconocedora del contexto del conflicto, las medidas de atención y reparación no son integrales, lo propuesto no es acorde a las necesidades de reparación y satisfacción de los derechos de las víctimas”.

Para el próximo martes, las víctimas presentarán otras 5 mil firmas adicionales con las cuáles buscan respaldar esa posición. Según varios analistas el proyecto de ley que impulsa el gobierno, deja en peores condiciones la reparación de las víctimas.

Por ejemplo: el proyecto de la mayoría del gobierno equipara los topes de reparación con los que están incluidos en el decreto 1290 -que fue expedido por el gobierno-. Así, el proyecto no permite que sea la Justicia la que defina cuánto dinero debe recibir una víctima por concepto de reparación, indemnización y ayuda humanitaria. Además el proyecto asume como reparación, lo que es ayuda humanitaria, o asistencia social o política social.

“El Congreso debería tener la sensatez de atender a los principios que indica esta sentencia de la Corte Constitucional”, dijo a Semana.com Catalina Díaz, coordinadora del Área de Reparaciones del ICTJ. “La sentencia insiste en que hay diferencias entre el concepto de prestaciones humanitarias y sociales, subsidios de vivienda, indemnización y reparación”, agregó Díaz.

En ese mismo sentido las víctimas hicieron un llamado para que la Cámara de Representantes cambie el proyecto de Ley a su redacción original. “Es fundamental que el Congreso no ignore los mandatos constitucionales. Desconocerlos es desmembrar la institucionalidad”, advirtió Buriticá.

El representante liberal, Guillermo Rivera, quien ha liderado la discusión dijo con tono pesimista que era muy difícil que las mayorías del gobierno cambiaran su posición frente al proyecto. “A finales del año pasado la Corte expidió dos sentencias parecidas, y sin embargo la mayoría no ha querido ceder”, dijo Rivera.

Si la Ley de Víctimas es aprobada con la redacción que salió de la Comisión I, el proyecto deberá ser conciliado entre el Senado y la Cámara, pues de cada cámara habrían salido dos proyectos distintos. En caso de que, finalmente, sea aprobada la versión uribista de la Ley, varias organizaciones alistan sendas demandas para que sea la propia Corte Constitucional la que enderece la iniciativa.

Estos son algunos de los puntos más polémicos de la iniciativa del gobierno:

1. Discrimina a las víctimas de agentes del Estado

Las víctimas de agentes de Estado fueron excluidas de la reparación integral que era el propósito medular de la iniciativa. A pesar de que se mencionan en la Ley, quienes han sufrido por acciones de agentes estatales deberán contar con una sentencia proferida por un organismo judicial, para poder acceder a la reparación.

Este trato es discriminatorio, han argumentado varios analistas.

2. Montos de la reparación fijados por decreto

Según la norma aprobada, el monto de reparación es el que está contemplado en el decreto 1290, lo cual desconoce la diferencia entre la reparación a la que tiene derecho una víctima de otra. Es decir, los jueces deberán fallar las reparaciones de las víctimas basados en las escalas de reparación que fijó el gobierno.

3. Solidaridad versus responsabilidad del Estado

La iniciativa original, que fue redactada por los liberales con el acompañamiento de organizaciones sociales, establecía como principio el deber de garantías del Estado para proteger a las víctimas. Pero en la propuesta aprobada, los representantes de la Comisión I de la Cámara eximieron al Estado de la responsabilidad, para expresar que si reparaba era por “solidaridad”.

Esta concepción de la reparación desconoce que el Estado debe ser garante de la protección de los derechos de los ciudadanos.

4. Principio de favorabilidad

Otro de los puntos que fueron retirados de la iniciativa original, fue el principio de interpretación en favor de la víctima contemplado en el artículo 14. Este consistía en que si uno de los artículos aprobados tenía una doble interpretación, se adoptaría el que fuere favorable a la víctima. Este principio está contemplado en la legislación internacional pero fue eliminado del proyecto.

5. Además de las tierras, el patrimonio

La ponencia Liberal planteaba no sólo la restitución de los inmuebles de las víctimas, sino de todo su patrimonio. Sin embargo, los daños o pérdidas que sufran de sus bienes no serán reparados, según el proyecto aprobado en la Comisión I. Solo las tierras. Pero la Corte dice que para que una justa indemnización, además debe ser por los daños morales que ha sufrido una víctima.

6. No hay reparación simbólica

La mayoría del gobierno eliminó la propuesta de crear el Museo de la Memoria Histórica, una suerte de institución para recuperar testimonios de las víctimas y documentación. El propósito de esta figura era reparar simbólicamente a quienes han sufrido en carne propia los vejámenes del conflicto y sensibilizar a la ciudadanía para que los hechos de violencia no se repitan.