SIN MATRIMONIO Y CON PATRIMONIO

A partir de ahora, la unión libre por más de dos años forma sociedad patrimonial.

21 de enero de 1991

El 38 por ciento de las colombianas que llevan vida marital, conviven en unión libre. Hasta ahora, estas mujeres no tenían ningún derecho sobre el patrimonio que se había formado en el curso de su relación. La semana anterior, el Congreso les dio un regalo de Navidad al aprobar una ley mediante la cual se regula la Unión Marital de Hecho, antes llamada Unión Libre, y se le reconoce la existencia de una presunta sociedad patrimonial.

A pesar de venir en un buen empaque, el regalo no llena, sin embargo, todas las expectativas de aquellos millones de mujeres que por convivir sin ningún vínculo legal, cuando se separan de sus compañeros quedan en el desamparo económico e inundan los consultorios jurídicos y los buzones femeninos de los periódicos.
Con la expedición de esta nueva ley, las parejas que llevan una vida marital por más de dos años, de manera permanente, se consideran Uniones Maritales de Hecho con presunta sociedad conyugal. Pero eso sí, siempre que no se hayan casado antes, o hayan disuelto su anterior sociedad conyugal. "No se trata de sociedad conyugal, sino patrimonial explica el abogado especialista en derecho de familia Carlos Fradique Méndez-.
Es decir, del patrimonio o capital que se haya conformado por el trabajo, la ayuda o el socorro mutuo.
Pero además la ley habla de presunción, es decir que hay que demostrarla".

Esto significa que en caso de separación de la pareja, sólo se tendrán en cuenta aquellas cosas que se hayan adquirido gracias al esfuerzo conjunto de la mujer y del hombre. Y para disolver la sociedad patrimonial deberán estar de acuerdo, o en caso contrario, demostrar la existencia de la Unión Marital de hecho mediante un proceso judicial. "Debido a que la ley insiste en la necesidad de una sentencia judicial para demostrar la unión, no favorece mucho a las mujeres", opina la abogada de la Casa de la Mujer, Doris Ramírez. Según ella, el principal problema que tienen las mujeres que llevan una vida marital sin vínculo matrimonial es precisamente las dificultades probatorias.

En caso de haber mutuo acuerdo, o de que la sentencia judicial establezca la existencia de la Unión Marital de Hecho, la sociedad patrimonial se dividirá por mitad, y en caso de muerte de uno de los compañeros permanentes -como se denominan ahora el 50 por ciento será para los hijos y el otro 50 por ciento para el sobreviviente. Este es el único beneficio para los hijos de estas uniones, que continúan considerándose "extramatrimoniales". En estos casos, no hay presunción de paternidad y tampoco hay derecho para alegar alimentos. "Como la ley fue concebida pensando exclusivamente en el patrimonio y no en la familia, los compañeros no son herederos", añade el abogado Fradique Méndez.

En las últimas décadas, la unión libre ha aumentado en nuestro medio por una razón primordial: representa la única solución posible para las personas que tienen problemas para disolver matrimoniales anteriores, ya sea católico o civil. Como dato curioso, hay que agregar que, según una investigación de la Universidad Externado de Colombia, este tipo de uniones "libres" tienen mayores probabilidades de duración con respecto a la primera relación marital. Este hecho ha llevado a algunos investigadores a pensar que sería más propicio facilitar la disolución de los matrimonios católico y civil, que tratar de legalizar las uniones que se producen debido a la dificultad de terminación legal de estos vínculos.

Por el momento, la Unión Marital de Hecho sigue siendo una relación de tercera clase. En primera, van las parejas unidas por el vinculo cató1ico o el civil con todos sus derechos. En el vagón de segunda están aquellos que se casan en el exterior, teniendo vínculos anteriores en Colombia. Para los hijos de estos matrimonios realizados fuera del país sí existe la presunción de paternidad, y en caso de separación, el cónyuge también tiene derecho a alegar la partida de alimentos. Sin embargo, estos matrimonios celebrados más allá de las fronteras nacionales quedan por fuera de la nueva ley, toda vez que ésta expresa claramente que los miembros de la pareja no deben estar casados anteriormente. Y dado que la ley estipula que rige a partir de su vigencia, el doctor Méndez asegura que "tampoco se aplica para todas las parejas que hoy están viviendo en unión libre sino a las que, a partir de la fecha de publicación de la ley en el Diario Oficial cumplan dos años de cohabitación".
Aunque no se puede desconocer que la ley es un paso hacia el reconocimiento de un hecho social, frecuente y muy generalizado en nuestro medio: la unión marital sin vínculo legal, queda a los ojos de algunos especialistas en derecho de familia una inquietud preocupante. "Si para el reconocimiento de la sociedad patrimonial en caso de personas con matrimonios anteriores sólo se pide la separación de bienes, se estaría institucionalizando la bigamia concluye el abogado Fradique Méndez-, pues legalmente se admitiría que se está casado con una mujer y viviendo con otra".

Como quiera que sea, la nueva ley de familia es un paso más en el largo camino recorrido por los derechos de quienes llevan vida marital sin ningún vínculo legal. Hasta antes de los años 30, la unión libre era considerada en nuestro medio como un delito. Por consiguiente, el patrimonio que se formaba durante esta unión era nulo, pues se estimaba que reconocerle algún derecho era estimularlo. Aunque después los legisladores dejaron de "castigar" la unión libre, durante muchos años esta forma de unión, que abarca a amplios sectores de la población, fue prácticamente ignorada en los códigos. Posteriormente, se interesaron por el aspecto patrimonial, reconociendo la sociedad de hecho, siempre y cuando no se estimulara el concubinato. No obstante, los miembros de estas uniones, en particular las mujeres, no tenían mayores herramientas para reclamar en caso de abandono del compañero. Aunque ahora deberán encarar un proceso que demanda tiempo, dinero y testigos, las miles de mujeres abandonadas sin ningún amparo legal ni económico, tendrán ahora un recurso para hacer valer su derecho a la participación del patrimonio que ellas también ayudaron a formar.