El proyecto también contempla a las parejas en estado de unión marital de hecho.

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La propuesta de Uribe para que los culpables de divorcio compartan pensión con su expareja

Un proyecto de ley impulsado por el senador busca que la pareja culpable de una separación ceda hasta el 50 por ciento de su pago pensional al afectado. Algunos consideran que es justo, mientras que otros, lo ven innecesario. ¿Que tanto sentido tiene?

15 de agosto de 2019

Esta semana, en la Comisión Séptima del Senado, fue aprobado en primer debate un Proyecto de Ley impulsado por el expresidente Álvaro Uribe Vélez que busca otorgar un porcentaje de la pensión del cónyuge culpable en el divorcio a la parte inocente.

Según explicó el senador, la iniciativa busca que un cónyuge no culpable no se vea afectado en doble instancia tras un divorcio: primero en la parte emocional y segundo en la parte financiera. Este podría ser el caso de las mujeres que dedican toda su vida a la crianza de los hijos y al alcanzar la edad de jubilación, no tienen una pensión ni la seguridad social al día.

El proyecto también contempla a las parejas en estado de unión marital de hecho. Esto siempre y cuando uno de los miembros se encuentre en condiciones de pobreza que, en Colombia, significa tener ingresos menores a los 250.000 pesos mensuales.

Así las cosas, según estipula el proyecto, al momento del fallo, el juez tiene que decidir quién es la parte culpable. Y luego, qué tanto porcentaje de la pensión le corresponderá compartir con su expareja. Este monto podría ascender hasta el 50 por ciento de toda la pensión. 

¿Es justo?

La noticia no estuvo exenta de controversia, pues mientras algunos consideran que es justo, otros lo ven innecesario. José Manuel Guanipa, experto en Derecho de Familia y profesor de la Universidad de la Sabana, asegura que la iniciativa es loable pues actualmente la pensión es parte de la sociedad conyugal y el Código Civil dice que todo lo que se deriva de un trabajo corresponde a la pareja. 

“Al disolverse el vínculo sólo lo recibe el cónyuge pensionado. Parecería injusto que lo comparta con la expareja pero si uno se pone a pensar, también lo es que el culpable de un divorcio salga beneficiado porque no tiene que compartirlo. En el fondo, tiene un sustento de justicia”, explica Guanipa. 

Helí Abel Torrado, especialista en Derecho Civil y de Familia, también cree que todo lo que busque hacer un reconocimiento al cónyuge inocente es bien recibido “porque de lo contrario se estaría desamparado a la víctima y la culpabilidad del otro no tendría ninguna clase de sanción”. Sin embargo, considera que el proyecto de ley es innecesario porque para este tipo de casos ya existe una reglamentación general en el código.

“De manera más amplia ya está reglamentado en el Código Civil. El numeral 4 del artículo 411 establece que se deben alimentos a cargo del cónyuge culpable al cónyuge separado del cuerpo sin su culpa”, explica. Y aunque el actual proyecto está enfocado en las pensiones, el jurista considera que hoy no existe ningún vacío jurídico en el tema pues este artículo “no acoge únicamente a los pensionados, sino a todas las personas que resulten culpables de un divorcio”. 

Guanipa agrega que, aunque en efecto ya existe esta regulación, no es lo mismo dividir una pensión que el derecho de alimentos. Para él, “los alimentos se pueden medir dependiendo de la necesidad del cónyuge iinocente, pero seguramente siempre serán inferiores al 50 por ciento de la pensión de la pareja”. En este sentido, para Guanipa, las víctimas de un divorcio están siempre en desventaja.  

Guanipa también explica que este Proyecto de Ley podría entenderse como una manera de extender la sociedad conyugal en el tiempo, con respecto a la pensión. “Está claro que a esa edad un cónyuge culpable no está en las mismas condiciones de conseguir un trabajo, pero lo mismo le sucede a la víctima. Por eso suena justo que esté obligado a compartirla”, dice. 

Muchos también consideran la medida más que efectiva, populista, pero al respecto, ambos expertos opinan eso no le restaría importancia al hecho de que pueda ser positiva para cientos de familias. “Puede que sea populismo, sí. Pero hay que entender que el populismo no siempre va en contra de la justicia”, concluye Guanipa.

Por ahora, la ponencia para el segundo debate de este proyecto ya fue publicada y ahora está en manos de la plenaria del Senado. Le harían falta, además de ese, otros dos debates para ser aprobado. Ambos expertos coinciden en que lo más propable es que se convierta en Ley.

La dura realidad pensional de las mujeres

Aunque el proyecto busca proteger los derechos tanto de hombres como de mujeres divorciados en la edad adulta, una realidad es que Colombia es uno de los países de la región con menor porcentaje de mujeres mayores pensionadas. Y en ese sentido, tras un divorcio en la adultez, ellas resultan muy afectadas. 

De acuerdo al informe de 2018 sobre el Panorama Social en América Latina, realizado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), que mide los riesgos que tienen los sistemas pensionales, en el país las mujeres pensionadas apenas llegan al 21,8 por ciento. 

El panorama resulta más preocupante si se tiene en cuenta que según el mismo informe, ellas recibirán pensiones más bajas que los hombres y tendrán una mayor probabilidad de caer en pobreza en la vejez. Según el diario La República, las proyecciones del Dane, indican que “este grupo lo componen 5,9 millones de mujeres, por lo que la cifra de la Cepal representa alrededor de 1,3 millones”.

La razón de estas cifras obedece a que las mujeres ven más interrumpidas sus trayectorias laborales por maternidad o porque en general siguen cargando socialmente con las funciones de quehaceres domésticos y cuidado de familiares aún cuando se han ido integrando al trabajo remunerado.