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sábado, 21 de noviembre de 2009
Dejémonos de maricadas

Juez ordena a ICBF permitir a lesbianas la adopción de una menor


Ana y su pareja formalizaron su unión marital mediante notaría en marzo del 2008, son una pareja de dos mujeres que decidió tener un hijo mediante el proceso de inseminación artificial. Del proceso nació una menor, ahora con dos años, la cual fue registrada a nombre de la madre biológica.

Al ser una pareja desde hace cuatro años y estar debidamente legalizada, como lo haría cualquier pareja en Colombia, pidieron la adopción conjunta de la menor ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la cual fue negada por tratarse de una pareja del mismo sexo. Dicha petición fue rechazada por la entidad aduciendo que las parejas del mismo sexo no son consideradas como una familia legalmente constituida según la Constitución Política de Colombia, y por tanto no pueden adoptar hijos.

La pareja buscó el apoyo legal del abogado Germán Humberto Rincón, por su concejo acudieron a la acción de tutela, un mecanismo constitucional que el ciudadano puede utilizar en caso de vulneración o riesgo de vulneración de sus derechos fundamentales. Ellas interpusieron la acción de tutela argumentando que con la adopción se estaría garantizando la protección de la niña y el cumplimiento de todos sus derechos. La pareja también alegó que a la pequeña se le estaban violando sus derechos fundamentales porque no podía recibir los beneficios legales de la otra madre que, aunque no lo es como tal ante la justicia, sí ocupa esa figura dentro del hogar.

La pareja alimentó su argumentación con el concepto de una psicóloga experta en el tema de adopciones, quien explicó que la niña no presentaba ningún tipo de trastorno por tener, como figura de crianza, a dos mamás.

En un hecho sin precedentes en Colombia, las dos mujeres obtuvieron una sentencia positiva del Juzgado Primero Penal del Circuito de Rionegro, que conminó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, a proceder con los trámites de la respectiva adopción. En su fallo, el juez fijó un plazo de 48 horas para que el ICBF cumpla la orden.

Es la primera vez en la historia del país que se obtiene una decisión judicial en este tema y evidencia que el ICBF obra con prejuicios y discriminación hacia las parejas del mismo sexo y desconoce los derechos de los niños, los cuales prevalecen sobre las personas adultas”, ha dicho el abogado.

Pero no todo es color de rosa, pues éste es un fallo de primera instancia, razón por la que la directora del ICBF ha anunciado que impugnará el fallo.

Al respecto, Elvira Forero, directora del Instituto ha informado que apelará la medida por cumplir la Constitución Política que solo establece como familia a aquella que está conformada por un hombre y una mujer. Forero ha citado como base argumental jurídica de su alegato la Ley de Infancia y Adolescencia, que no permite la adopción a parejas del mismo sexo. La funcionaria agregó que con esta determinación se busca, además, proteger a la niña que, debido a la exposición mediática del tema, puede tener en riesgo su desarrollo y su tranquilidad, ha informado “El Tiempo”.

"Acá se habla del imperativo del derecho superior del niño para mantener un referente claro de padre y madre", puntualizó Forero.

Por Manuel Velandia
Publicado 11/08/2009

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Manuel Velandia