La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra el exdirector del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), Emiro Rojas Granadas, quien interpuso una demanda de casación contra la sentencia que lo halló responsable de la tortura que sufrió la periodista Claudia Julieta Duque.
La decisión del alto tribunal fue “inadmitir las demandas de casación presentadas por los defensores de Emiro Rojas Granados y Néstor Javier Pachón Bermúdez contra la sentencia del 4 de septiembre de 2024, proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá”.
Néstor Pachón era el exdetective del DAS al que le fue asignado un taxi de la Dirección General de Inteligencia en mayo de 2000, y el cual, utilizó para perseguir a la periodista y obtener información para las acciones criminales que se desarrollaban al interior del extinto Departamento Administrativo de Seguridad.
Esos seguimientos, hostigamientos y amenazas estuvieron relacionadas con la investigación que Duque venía realizando alrededor del homicidio del reconocido periodista Jaime Garzón, asesinado por sicarios en Bogotá.
La periodista sufrió un secuestro en la modalidad paseo millonario, seguimientos en varios vehículos, amenazas e intimidaciones a las afueras de su vivienda y varias llamadas de muerte en contra suya y de su familia.
La Corte Suprema aclaró en la demanda de casación que “la condena no pesa de manera exclusiva en el relato ofrecido por la víctima, en cuanto a que ella no fue la única persona que percibió, de manera directa, los actos de hostigamiento que sufrió”.
Así mismo, el alto tribunal explicó que en el fallo que fue demandado se estableció que era necesario encubrir a los funcionarios del antiguo Departamento Administrativo de Seguridad, para asegurar la ejecución de los actos desplegados contra los entonces opositores del Gobierno.
El exsubdirector del DAS, Emiro Rojas Granados, denunció una serie de infracciones directas o inmediatas a la ley, razón suficiente para llevar su proceso hasta la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Sin embargo, el fallo dejó claro que “el adecuado planteamiento de un error de esa naturaleza ha de contraerse a una mera oposición entre la sentencia y la ley, sin que tenga cabida la intermediación de aspectos probatorios”.
La Corte también ratificó que Rojas Granados cumplía funciones de inteligencia de al interior de la entidad, pues dependía directamente del entonces subdirector del DAS y se encargaba de asegurar la ejecución de las operaciones contra los opositores del Gobierno.