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Los jueces no tumban las leyes

En SEMANA #1.096 se comenta el fallo por el cual la Corte Constitucional "tumbó" la conmoción interior y se afirma que la decisión puede beneficiar al gobierno.

Carlos Fradique Méndez
18 de mayo de 2002

En SEMANA #1.096 se comenta el fallo por el cual la Corte Constitucional "tumbó" la conmoción interior y se afirma que la decisión puede beneficiar al gobierno. Permítanme compartir las siguientes reflexiones:

1. Los jueces no tumban normas jurídicas. Para el caso, la Corte Constitucional las declara ajustadas o no a la Constitución.

2. El país es como una nave que tiene tres pilotos que deben actuar de manera responsable y en armonía para realizar los fines del Estado, según lo ordenan los artículos 90 y 113 de la Carta.

3. Los tres pilotos son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial y no pueden agredirse entre sí.

4. Si uno de ellos se rebela contra los otros, la nave se puede accidentar y los habitantes, que somos sus pasajeros, seremos los únicos perjudicados.

5. Los tres pilotos tienen la obligación de garantizar la vida, honra, bienes, convivencia pacífica, justicia, creencias y demás derechos y libertades de los habitantes.

6. El logro de estos fines no depende de las creencias religiosas, políticas o filosóficas de los pilotos del Estado, porque éstas se deben supeditar al imperio de la Constitución.

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