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Parcialmente admitida

Winson Borja Díaz, <br>representante a la Cámara Bogotá
28 de febrero de 2005

En su edición #1.189, página 31, aparece un pie de foto que dice "La semana pasada la Corte rechazó una demanda del representante Wilson Borja porque consideró que se refería a razones de fondo"; me permito aclarar lo siguiente:\ 1.Según auto de 2 de febrero de 2005, el magistrado Rodrigo Escobar Gil admitió siete de los nueve cargos que contenía la demanda, por considerar que se ajustan a las exigencias establecidas en los artículos 241 y 379 de la Constitución, en armonía con el decreto 2067 de 1991, "por el cual se dicta el régimen procedimental de los juicios y actuaciones que deban surtirse ante la Corte Constitucional". 2. Por otra parte rechazó dos de los nueve cargos, que tienen que ver con "violación del derecho a la igualdad" y "se rompe el equilibrio de los poderes públicos"; por considerar que implican un análisis del contenido material del acto reformatorio. 3.Ante el rechazo del magistrado sustanciador, procede el recurso de súplica ante la sala plena de la Corte Constitucional, el cual se presentó el 7 de febrero, dentro del término legal y hasta la fecha está pendiente de pronunciamiento por la instancia definitiva. 4.Considero que su información no es exacta, por cuanto como ya se explicó, el auto admitió parcialmente la demanda, y la decisión del magistrado sustanciador fue objeto de recurso, el cual no ha sido resuelto aún.

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