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Presunción de inocencia

Creo, sin lugar a dudas, que el artículo '¿Seguridad para quién?' (SEMANA #1.142) es coherente y lógico, pues no es aceptable,

Felipe Mateus<br>Bogotá
28 de marzo de 2004

Creo, sin lugar a dudas, que el artículo '¿Seguridad para quién?' (SEMANA #1.142) es coherente y lógico, pues no es aceptable, desde ningún punto de vista, que los delincuentes por medio de trampillas que le hacen a la ley, obtengan los recursos para que ejecuten ctividades ilícitas y evadan la acción de la justicia. No obstante, me aparto de la posición de la SVS, en el sentido de que va a proceder a cancelar licencias a ciertos usuarios por el hecho de tener sospechas sobre su comportamiento. Al respecto, es deber aclarar que cualquier entidad administrativa no puede imponer sanciones fundamentadas en simples sospechas. Las causas de cancelación de cualquier acto administrativo deben ser fundamentadas con hechos reales. Hacer este tipo de aseveraciones es desconocer los derechos fundamentales de los ciudadanos, que en algunos casos, no en todos, son personas inocentes, así sus familiares no lo sean. Por ello creo que en una sociedad democrática, los principios universales de la presunción de inocencia y de la buena fe deben prevalecer, sin importar que en una sociedad como la nuestra sean instrumentos de burla; por eso estoy convencido de que es mejor pecar de incautos en la aplicación de los citados principios que ser autoritarios.

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