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Sociedad patrimonial

28 de junio de 2008

Con un atento saludo me dirijo a ustedes para hacer algunas precisiones sobre el artículo ‘A jugar derecho’, publicado en la edición # 1364 de SEMANA. La Superintendencia de Notariado y Registro no ha sido tutelada por ningún órgano agremiado e institución para dar cumplimiento a las sentencias que expide la Corte Constitucional, como se enuncia en la publicación. En el marco de nuestra función rectora del servicio notarial, expedimos la Institución Administrativa No. 10 de 2007, para dar a conocer las implicaciones legales de la Sentencia C- 075 de 2007, en lo relacionado con la declaración de existencia de unión marital de hecho y de existencia y disolución de sociedad patrimonial de parejas homosexuales. Al igual que con todas las directrices que emite la entidad, hemos estado atentos a su cumplimiento sin que hasta la fecha se haya presentado queja alguna sobre deficiencias o la no presentación del servicio respectivo.

Lida Beatriz Salazar Moreno,
Superintendente de Notariado y Registro
Bogotá

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