| Foto: Corte Constitucional

CONFIDENCIALES

Corte Constitucional: La última palabra

13 de mayo de 2017

Hay un debate jurídico sobre la fecha a partir de la cual la acumulación de baldíos está prohibida. Para la Corte Constitucional, en sentencia sobre la Ley Zidres de este año, solo se puede hablar de acumulación en los casos en que los baldíos hayan sido adjudicados después de la Ley 160 de 1994. Hay conceptos anteriores del Consejo de Estado y la Contraloría en el sentido de que la acumulación de baldíos está siempre prohibida, independientemente de la fecha en que hayan sido adjudicados. Sin embargo, como la Corte Constitucional es la última instancia, su sentencia es la palabra definitiva y, por lo tanto, las tierras de la mayoría de los mencionados la semana pasada por la Contraloría están en regla.