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El artículo 20 del decreto 2920 de la emergencia económica está creando un problema muy serio: al estipular que se constituye en delito penal la captación de recursos por parte de cualquier empresa industrial, está colocando automáticamente en la ilegalidad a una gran cantidad de empresas que venían utilizando este tipo de financiación ante las dificultades de obtener crédito institucional. Como no hay crédito para sustituir instantáneamente estos préstamos, muchas industrias se enfrentarían a serios problemas de iliquidez, de cumplir a la letra el decreto. El espíritu de la medida era aplicable únicamente a quienes ejercían intermediación, pero el texto de la misma incluye a cualquier empresa que esté recibiendo recursos de terceros para su propio uso.

1982-11-15

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