El senador Gustavo Petro, de la Colombia Humana. | Foto: Esteban Vega

Confidencial

¿Quién es el magistrado que no estuvo de acuerdo, parcialmente, con decisión de conceder personería jurídica a Colombia Humana?

17 de septiembre de 2021

Este jueves, la Corte Constitucional ordenó al Consejo Nacional Electoral concederle la personería jurídica a la Colombia Humana de Gustavo Petro. La decisión se tomó con 8 votos a favor y 1 en contra.

El magistrado que salvó parcialmente voto (salvamento de voto significa que se aparta de la decisión mayoritaria) fue, nada más y nada menos, que el presidente actual del Alto Tribunal, Antonio José Lizarazo.

El magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo salvó parcialmente el voto “por considerar que la tutela no reúne los requisitos de procedencia previstos en los artículos 86 de la Constitución y 6 del Decreto Ley 2591 de 1991, en particular porque los accionantes no agotaron el medio de control judicial previsto en el ordenamiento jurídico contra el acto administrativo proferido por el Consejo Nacional Electoral mediante el cual le negó la personería jurídica al Movimiento Colombia Humana”.

En efecto, advierte Lizarazo, “el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo tiene previsto el medio de nulidad y restablecimiento del derecho contra los actos administrativos de contenido electoral, cuyo trámite en única instancia ante el Consejo de Estado resulta eficaz para la protección de los derechos alegados, máxime si se tiene en cuenta que son aplicables medidas cautelares idóneas para evitar los perjuicios irremediables que se querían evitar con la solicitud de tutela”.

Lo que discutió el Alto Tribunal es una tutela que pedía justamente revivir la personería jurídica de la denominada Colombia Humana. El debate se dio días después de la decisión de la Corte de revivir el Nuevo Liberalismo, el movimiento político fundado por Luis Carlos Galán.

Antonio José Lizarazo
Antonio José Lizarazo Magistrado de la Corte Constitucional Bogotá, mayo 24 de 2019 Foto León Darío Peláez / SEMANA | Foto: LEÓN DARÍO PELÁEZ SÁNCHEZ

Cabe recordar que fue el senador Gustavo Petro, quien demandó al Consejo Nacional Electoral porque, a su juicio, no le da posibilidad de participar en las elecciones de mayo de 2022. Con respecto a la decisión de la Corte, se ha resaltado que es de vital importancia porque al concederse la tutela, por ejemplo, Colombia Humana podría entregar avales para candidatos al Congreso y recibir financiación del Estado para las elecciones del año 2022.

Cuando le otorgaron la personería a Dignidad el partido de Jorge Robledo al salir del Polo Democrático Petro hizo el mismo reclamo. “Esta es la demostración de la inmensa parcialidad política del Consejo Nacional Electoral que va a dirigir las elecciones. Le negaron la personería jurídica a Colombia Humana con ocho millones de votos, bancada en el Senado y los concejos, y le dieron personería a Dignidad”, aseguró el precandidato de izquierda.

En redes sociales, Nicolás Petro, celebró la decisión:

¿Por qué la Colombia Humana no tenía personería jurídica? Las razones y trasfondos son distintos a los del Nuevo Liberalismo y a Dignidad. Gustavo Petro y sus líderes han intentado obtenerla en los últimos años, especialmente en 2018, cuando perdió la segunda vuelta contra el presidente Iván Duque. Precisamente, el argumento principal del petrismo es que deberían tener una representación para esos más de 8 millones de votos que logró Petro en la segunda vuelta.

La apuesta del petrismo en 2018 fue consolidar la “Lista de la Decencia”, que reúne a varios partidos de izquierda, entre ellos la Unión Patriótica, que cuenta con personería. Petro ha decidido mantenerse cercano a ese partido y a través de esa unión ha logrado tener representación en corporaciones públicas. En sus logos siempre aparecen como la alianza Colombia Humana-UP.

Otras voces de sectores como el Nuevo Liberalismo también reaccionaron a la decisión mayoritario de la Corte Constitucional: