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Arriendo 2018

Este el incremento en el arriendo para 2018

Cada año, un dato que revela el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), determina en cuánto se incrementan muchos de los costos que tocan el bolsillo de los colombianos, como por ejemplo, el canon de arrendamiento.

8 de enero de 2018

El Índice de Precios al Consumidor (IPC) es el dato que mide el costo de vida de los colombianos en un determinado periodo de tiempo, lo obtiene el DANE a través de una canasta de artículos, exactamente 423 ítems que adquieren los hogares colombianos de todos los niveles de ingreso: bajo, medio y alto.

Saber en cuánto quedó el IPC es clave para determinar el incremento de otros valores de la economía, como el caso de los arriendos. Primero, cabe señalar que es la primera vez en varios años de intentos fallidos, que la inflación colombiana queda muy cerca del rango meta del Banco de la República; para los 12 meses de 2017, el IPC llegó 4,09%, un dato cercano al 4% que tiene como meta el Banco de la República.

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Aunque para la estabilidad de la economía es algo de destacar, lo cierto es que el resultado deja poco contentos a los trabajadores que devengan un salario mínimo, pues este se incrementó solo en 5,9%, con lo que quedó en $781.242 y el auxilio de transporte de definió en $88.211. A este tienen derecho los que ganan hasta 2 salarios mínimos mensuales, por lo que el ingreso de estos trabajadores quedó en $869.243 para los que ganan un salario mínimo mensual y $1.650.695 para los que ganan dos mínimos mensuales.

Esto para decir que con el incremento del mínimo se podía esperar una inflación como la que dio a conocer el DANE de solo 4,09%, y que el arriendo del que viven muchos colombianos, se incrementaría en la misma proporción. De acuerdo a datos más recientes, Colombia es un país de personas que viven del arriendo, pues se estima que el 39% de sus habitantes paga una renta, a diferencia de países como Venezuela, donde solo un 7% de su población vive en vivienda arrendada.

La cifra que fue dada a conocer en la noche del viernes 5 de enero de 2018 también se usa para determinar el incremento del cobro de administración de los conjuntos de casas y apartamentos. Pero ojo al dato: no se podrá incrementar el valor a partir de enero, sino que el aumento empieza a regir cuando han pasado 12 meses del contrato de arrendamiento y las partes están de acuerdo en renovar ese contrato, con el respectivo aumento.

Para que usted mismo haga la operación, sencillamente debe tomar el arriendo actual y sumarle un 4,09%. Digamos que usted vive en un apartamento que cuesta $1 millón al mes. Si pasaron los 12 meses de inquilinato y su propietario o la inmobiliaria se ponen en contacto con usted para informarle el incremento, usted puede hacer una regla de tres.

(1.000.000 x 4,09) / 100 = $40.900. Es decir, pagará $1.040.900 en este 2018.

Si la administración no está incluida en ese valor, esta tampoco podrá subir más de 4,09%. Para seguir el mismo ejemplo, vamos a suponer que actualmente paga, además del canon de arriendo, la administración por aparte y que vale $120.000. En ese caso ese valor subiría así:

120.000 x 4,09 / 100 = 4.908.

Según este ejercicio, el total a pagar este año de arriendo más administración sería de $1.165.808.

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Las recomendaciones al arrendar

Fedelonjas es la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz, que agremia a los inmobiliarios de Barranquilla, Bogotá, Caldas, Valle del Cauca, Bolívar, Cesar, Chocó, Huila, Antioquia, Montería, Nariño, Putumayo, los Santanderes, Arauca, Quindío, Risaralda, Magdalena, San Andrés, Sucre, Tolima y Casanare.

Esta entidad reúne a más de 1.000 miembros y 10.500 agentes inmobiliarios del país y cuenta con más de 40 años de trayectoria en el mercado inmobiliario. Su objetivo es tener un sector sano y transparente y por eso, busca que sus afiliados tengan unas reglas de juego claras en cuanto al cobro de los arriendos.

Por lo anterior, la agremiación hizo un recordatorio a sus afiliados a que los cánones de arrendamiento de vivienda urbana se podrán incrementar hasta el 4,09%, es decir que se elevan al mismo ritmo de la inflación causada durante el año anterior, según lo establecido en la Ley 820 de 2003.

Según lo afirmó la presidenta de la entidad, María Clara Luque, "el incremento tiene amplio impacto entre la población colombiana pues afecta a miles de familias que vive en arriendo así como a los propietarios de las unidades que devengan sus ingresos de dichos alquileres".

Asi mismo, el aumento definido es legal siempre y cuando “éste no supere el 1% del valor comercial del inmueble o de la parte de él que se encuentre arrendada”, agregó. Según Luque, los reajustes no aplican para contratos de arrendamiento de inmuebles para uso comercial. En estos casos, tanto el valor como el incremento deberán acordarse entre las partes o de acuerdo a lo que quedó consignado en el contrato de arrendamiento.

Fedelonjas recomienda tener en cuenta los siguientes puntos por parte de arrendadores y arrendatarios:

  • El incremento es aplicable sólo al momento de la renovación del contrato de arrendamiento y siempre con previa comunicación por parte del arrendador.
  • El arrendador es libre de aplicar el alza o de abstenerse de hacerlo si prefiere mantener el contrato por más tiempo.
  • El arrendatario puede exigir la terminación del contrato sin estar sujeto al cobro de sanciones económicas si el arrendador incrementa el canon por encima de lo establecido en la Ley.
  • La notificación del aumento del valor del canon y la fecha en que se empezará a aplicar se debe hacer por escrito y a través de correo certificado o mediante el mecanismo establecido en el contrato.
  • Para los contratos de arrendamiento suscritos antes del 10 de julio de 2003, el incremento de la tasa no podrá superar la meta de inflación fijada por el Banco de La República para el año 2017.
  • Elija siempre un profesional inmobiliario de reconocida trayectoria que elabore contratos con todas las condiciones legales, resguarde los derechos de las partes y le ayude a elegir el bien más rentable.