BOGOTÁ
Vence plazo para renovar la licencia de conducción y revisión técnico-mecánica
La fecha aplica para licencias, revisiones técnico-mecánicas y de emisiones, y/o tarjetas de operación para vehículos de servicio público que hayan vencido desde el 19 de marzo.
Las licencias de conducción, revisiones técnico-mecánicas y de emisiones contaminantes y/o tarjetas de operación para vehículos de servicio público que hayan vencido a partir del 19 de marzo de 2020, tendrán como fecha límite para ser renovadas hasta este miércoles 15 de julio.
Estos documentos serán requeridos en vía por las autoridades de tránsito a partir del próximo jueves 16 de julio y su no renovación será sancionada como establece el Código Nacional de Tránsito.
La exoneración de estas obligaciones de manera transitoria se estableció en el marco del del Decreto 090 de 2020, a través del que se impusieron medidas para restringir la circulación de vehículos y personas en Bogotá.
Estos plazos no cobijan a los conductores y/o vehículos cuyas licencias, revisiones o tarjetas de operación hayan vencido antes del 19 de marzo o se encuentren matriculados fuera de la ciudad, los cuales tenían como plazo máximo el día 30 de junio de este año.
Licencia de conducción
Para renovar la licencia de conducción en Bogotá, los ciudadanos deben practicarse exámenes médicos en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado por el Ministerio de Transporte.
Posteriormente, deberán autenticar su identidad ante el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) y agendar una cita en cualquiera de los puntos de los Servicios Integrales de Movilidad (SIM), en la página https://agenda.simbogota.com.co/.
Para verificar la fecha de vencimiento de tu licencia de conducción ingresa aquí.
Certificado de Revisión Técnico-Mecánica
La Revisión Técnico-Mecánica y de emisiones contaminantes es una inspección de vehículos de transporte público y privado que se aprueba mediante la obtención de un certificado.
Para el caso de los taxis, el certificado deberá estar actualizado el 15 de julio de acuerdo con la circular 18 del 19 de junio de 2020 de la Secretaría de Movilidad.
Los conductores o propietarios deberán llevar su vehículo un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) autorizado por el Ministerio de Transporte, preferiblemente en su propia localidad y sin desplazarse a las zonas en cuarentena estricta si viven fuera de ellas.
Los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) se encuentran abiertos a partir de las 12:00 m. y solo atienden citas agendadas donde se permite únicamente el ingreso del conductor.
La página web del Runt tiene disponibles para consulta los CDA habilitados ante el Ministerio de Transporte en este link.
Tarjeta de operación
Trámite exclusivo para vehículos de servicio público, no requiere registro en el Runt y se debe adelantar directamente en la empresa donde el vehículo se encuentre registrado.
Para obtenerla se exige la constancia de la Revisión Técnico-Mecánica y de emisiones contaminantes vigente (exceptuando automotores de último modelo).
Todo vehículo de servicio público para transporte de pasajeros debe tener una tarjeta de operación con vigencia de dos años, salvo en el caso del servicio de transporte público individual (taxi) que es de un año.