Mauricio Cárdenas, ministro de Hacienda | Foto: Ministerio de Hacienda

INVERSIONES

Gobierno podría otorgar $1,7 billones en incentivos a exploración petrolera

El Ministerio de Hacienda tiene listo el proyecto de resolución que aprueba un cupo de $1,68 billones para los reembolsos tributarios por inversiones en exploración de hidrocarburos y minería.

14 de febrero de 2018

La reforma tributaria de 2016 estableció que el Gobierno entregaría un incentivo a ciertas empresas que aumenten sus inversiones para exploración de hidrocarburos y minería en el país, incentivo que para este año podría sumar $1,68 billones si se aprueba su resolución.

Según dicho artículo, para que una empresa reciba el incentivo, el Gobierno Nacional debe otorgarle un Certificado de Reembolso Tributario (CERT), cuyo valor será un “ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional para quien lo percibe o adquiere y podrá ser utilizado para el pago de impuestos de carácter nacional administrados por Dian”.

Además, el descuento tiene varias condiciones. En el caso de las empresas que reclamen el CERT en hidrocarburos, solo podrán hacerlo si demuestran que sus inversiones incrementaron para actividades “que tengan por objeto el descubrimiento de nuevas reservas de hidrocarburos, la adición de reservas probadas o la incorporación de nuevas reservas recuperables, ya sea mediante actividades de exploración o mediante actividades dirigidas al aumento del factor de recobro en proyectos de cuencas en tierra firme, incluidas en este último caso las respectivas pruebas piloto”.

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Para el segmento de minería, las inversiones tendrán que destinarse a “mantener o incrementar la producción de los proyectos actuales, acelerar los proyectos que están en transición (de construcción y montaje a explotación) e incrementar los proyectos de exploración minera. Los titulares de los derechos de exploración de minerales deberán suscribir acuerdos de inversión con la Agencia Nacional Minera, de acuerdo con la reglamentación que para el efecto expida el Gobierno Nacional”, establece el decreto reglamentario.

Por otro lado, únicamente podrán presentarse aquellas empresas que como operadores  de Ecopetrol, tengan titulares de contratos de asociación con Ecopetrol; contratos de exploración y producción de hidrocarburos; convenios de exploración y/o explotación de hidrocarburos vigentes, o cualquier otro contrato de exploración y producción de hidrocarburos suscrito con el Estado.

Para la minería, podrán aplicar los titulares mineros que incrementen sus inversiones.

Por su parte, los montos de inversión también tendrán sus restricciones. El decreto que reglamentó estos incentivos estableció que no podrá tratarse de inversiones que tengan procesos de incumplimiento en curso, tampoco podrán tener una tarifa aplicable de renta menor al 25%, ni deben destinarse a las actividades orientadas al incremento de la producción y reservas, que se encuentren dentro de las obligaciones acordadas en los Contratos o Proyectos de Producción Incremental vigentes.

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