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Pedro Nel Ospina Santa María, presidente de Colpensiones. | Foto: Archivo Semana

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Presidente de Colpensiones acusado de fraude procesal

El presidente de Colpensiones, Pedro Nel Ospina, acaba de ser acusado por la Fiscalía de haber cometido, presuntamente, el delito de fraude procesal.

14 de febrero de 2013

Justo a esta hora, en una sala de audiencias de Paloquemao, el fiscal 60 le imputó cargos a Pedro Nel Ospina, presidente de Colpensiones -entidad que reemplazó al Seguro Social en materia pensional- por presuntamente haber cometido el delito de fraude procesal. Ospina, por su parte, se declaró inocente.
 
El caso se remonta a épocas en las que Ospina presidía la corporación financiera Corficolombiana, perteneciente al grupo Aval, de Luis Carlos Sarmiento Angulo.

Esta es la historia:

El origen del problema se remonta a 1996. Ese año las constructoras Owen Londoño y Cia e Inversiones Selopa S.A. decidieron emprender el proyecto de mayor envergadura: construir una mega ciudadela de 3.000 viviendas de interés social en Fontibón sobre un predio de su propiedad de más de 60.000 metros cuadrados. Una vez terminaran las obras, el valor de ventas estaba estimado en 210.000 millones de pesos.

Para echar a andar el plan hacía falta un detalle: adecuar las redes de acueducto, alcantarillado, luz, gas… y para ello las dos constructoras pidieron un préstamo de 1.554 millones de pesos cada una -3.108 millones en total- a Progreso Corporación Financiera S.A., hoy de propiedad de la Corporación Financiera Colombiana, Corficolombiana. El plazo para cumplir con las obligaciones se fijó a cinco años que, no obstante, tuvieron que ser prorrogados por cuenta de la parálisis que azotó al mercado inmobiliario a finales de los 90.

Años después, en el 2003, cuando la tormenta de la finca raíz había amainado y las dos constructoras estaban en condiciones de saldar su deuda con Corficolombiana, los representantes de Owen Londoño quedaron desconcertados al darse cuenta de que el monto de sus obligaciones se había triplicado. “Ya no debíamos 3.000 millones de pesos sino más de 8.500. Eso nos dejó fríos y nos llevó a averiguar qué era lo que estaba pasando” cuenta Jorge Hernán Londoño, socio de esa empresa.

La estratagema

Convencidos de que algo andaba mal, los apoderados de Owen Londoño contrataron a un perito que, después de varios meses de evaluación, concluyó: “es evidente -aseguró el experto- que la Corporación Financiera Colombiana está liquidando ilegalmente intereses sobre intereses (…) práctica que la llevó a cobrar por encima del límite legal e incurrir en el delito de usura”. (Dinero conoció un concepto de la Superintendencia Financiera con fecha del 8 de junio de 2011 en el que establece que es prohibido cobrar intereses sobre intereses).

Pedro Nel Ospina, entonces presidente de Corficolombiana, quedó en shock cuando conoció la afirmación del perito, y luego de un largo tire y afloje con la constructora, se negó rotundamente a conciliar con ella. Por eso, en enero de 2004, los directivos de la Corporación decidieron no prorrogar más las obligaciones y, al mismo tiempo, ejecutar la garantía a su favor que era ni más ni menos que el lote en el que se iba a desarrollar el megaproyecto de interés social. Su valor: 12.000 millones de pesos.

En ese momento estalló una batalla jurídica que obligó a Owen Londoño a solicitarle a la Superintendencia de Sociedades ser admitida en un proceso de reestructuración de la, por esos días vigente, ley 550. “Lo que buscábamos al entrar en este proceso era evitar que se vendiera el lote y además presentarles un plan de pagos a nuestros acreedores, incluida Corficolombiana -dice Londoño-. Finalmente, en mayo de 2004 la Superintendencia aceptó nuestra petición”.

Según la ley, para que una firma pueda entrar en proceso de reestructuración, sus propietarios y acreedores deben hacer una votación y al final obtener el 51% de los votos. Si el resultado es adverso, a la empresa solo le queda el camino de la liquidación.

Con base en eso, un promotor elegido por la Supersociedades, asignó los derechos de voto de la siguiente manera: a Corficolombiana le correspondió el 37,7%;  a los socios de Owen Londoño el 44%; a la Dian el 3,2%; a la Tesorería Distrital el 9,8% y a el resto de acreedores el 5,1%.

Inconformes con el porcentaje que les correspondió a los socios de la constructora (44%), el equipo jurídico de Corficolombiana demandó la asignación de votos ante la Superintendencia de Sociedades. En el documento, los abogados de la Corporación le solicitaban al ente de control que redujera el porcentaje de votación de Owen Londoño.

Mientras la demanda estaba en curso, Mauricio Fernando Rodríguez Agudelo, subdirector de la DIAN cuando el organismo fue dirigido por Ospina, pagó acreencias por 2.087 millones de pesos a favor de la Dian y la Tesorería Distrital, las otras dos entidades que debían votar en el proceso de reestructuración. Desde ese momento, Rodríguez se convirtió en el titular del 13% de los derechos de voto que sumados con los de Corficolombiana daban el 50,7%.

Pocos días después de que se produjera esta millonaria operación, súbitamente Corficolombiana retiró la demanda que había presentado ante la Superintendencia de Sociedades sin esperar a que ésta fuera fallada. “Aceptamos el desistimiento de la demanda que versa sobre la determinación de derecho de voto respecto de los acreedores internos de la Sociedad Owen Londoño y Cia”, se puede leer en la providencia emitida por el Grupo de Procesos Especiales de la Supersocierdades  el 10 de mayo de 2005.

Ya con las cartas sobre la mesa y los porcentajes de acreedores y socios definidos, Londoño presentó su propuesta para que las partes la votaran. Dos días antes de que se venciera el plazo para firmar el acuerdo, los representantes de Corficolombiana dieron un sí condicionado: solo firmarían si Owen Londoño aceptaba pagar su deuda con la corporación tal y como venía liquidando los intereses. Ante la negativa del empresario, a la Supersociedades no le quedó más remedio que decretar la liquidación obligatoria de su constructora.

De testaferros y otros demonios

Con el agua hasta el cuello, los miembros de la empresa en liquidación decidieron llevar su caso a la Fiscalía para que allí se investigara el origen de los dineros con los que Rodríguez Agudelo había saldado las acreencias con la DIAN y la Tesorería Distrital.

“Aunque el pago de obligaciones por parte de terceros es permitido por la ley, nos pareció muy sospechoso que una persona ajena al proceso hiciera un desembolso tan grande. Por eso, iniciamos una indagación para determinar si Rodríguez había incurrido o no en el delito de enriquecimiento ilícito por lavado de activos”, le dijo a esta Revista un investigador de la Fiscalía.

Algo desorientado, luego de llegar a la conclusión de que los dineros en mención eran de buena procedencia, el fiscal encargado del caso citó a  Rodríguez Agudelo para oír su versión y así dilucidar el enigma. “El entonces presidente de Corficolombiana, doctor Pedro Nel Ospina, a quien conozco desde hace muchos años, me invitó a una reunión con el representante legal de Concecol (una sociedad 99% de propiedad de Corficolombiana) doctor Alberto Santana, en la que se me planteó la posibilidad de celebrar un contrato para adelantar gestiones de compra de deudas tributarias a cargo de la sociedad Owen Londoño”, relató Rodríguez bajo juramento (ver facsímile de declaraciones).

En ese contrato, firmado en marzo de 2005, Rodríguez se comprometió a adquirir las deudas que la constructora tenía con la DIAN por concepto de impuestos sobre las ventas y con la Secretaría de Hacienda de Bogotá por concepto de impuesto predial. “Debo anotar que como contraprestación de esos servicios Concecol me pagó la suma de seis millones de pesos”, remató Rodríguez en la diligencia.

Al final, Rodríguez cumplió con lo pactado. “Aún no tenemos claro, pero tampoco podemos descartarlo, que esta persona haya actuado como testaferro de la Corporación para lograr su cometido”, asegura uno de los investigadores del caso.

Para agravar la situación, Martha Patricia Fandiño Arce, entonces vicepresidenta de Activos de Corficolombiana, señaló, en una declaración ante la Supersociedades, como directos responsables de esta maniobra a Pedro Nel Ospina, Fernán Ignacio Bejarano, por esos días vicepresidente de Corficolombiana y a Alberto Santana, representante legal de Concecol. “Toda esta actuación fue conocida desde el principio por el comité de Presidencia de Corficolombiana”, aseguró la ex funcionaria.

A juicio de Arnulfo Rojas Pascuas, superintendente delegado para los procedimientos mercantiles, la entidad financiera apeló a maniobras fraudulentas para empujar a su contraparte a la liquidación. En un aparte del auto número 155-016590 firmado por el funcionario se lee: “En efecto, el enviar a liquidación obligatoria, de manera fraudulenta a la empresa, implica la eliminación de ésta como fuente de producción generadora de empleo, consecuencia que ignoró la citada corporación para hacer prevalecer únicamente su interés”.