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Factur@s electrónicas

La decisión de la Unión Europea de poner un impuesto a las ventas digitales pone sobre el tapete el vacío legislativo que existe en el comercio ‘online’.

31 de julio de 2000

El comercio electrónico crece a pasos agigantados. Los últimos estudios de la industria indican que este año moverá más de 240.000 millones de dólares y que el año entrante superará los 445.000. El creciente volumen de los negocios que tienen lugar en Internet ha despertado el interés de muchos países por gravar las transacciones que tienen lugar en el ciberespacio. La posibilidad de recaudar grandes sumas de dinero provenientes de los impuestos a las compras on line tiene enfrentados a europeos y norteamericanos.

Por un lado Estados Unidos —centro actual del e-commerce— está en desacuerdo con la creación de un impuesto a las ventas electrónicas pues argumenta que una carga impositiva de este tipo frena el crecimiento de la nueva economía. Por su parte los países miembros de la Unión Europea, junto con Japón, China y Singapur, quieren gravar las ventas cibernéticas y argumentan que los presupuestos estatales se ven comprometidos al no recaudar el dinero proveniente de Internet, que es cada vez mayor.

Este enfrentamiento entre los grandes que comercian a través de la red pone sobre la mesa las diferencias que en materia de tributación existen a nivel de suministros off line y on line. El comercio electrónico off line —al cual se le aplica un impuesto sobre las ventas o IVA— suele entenderse como la compraventa de productos tangibles, vendidos a través de la red, usando medios de transporte convencionales para su entrega. Ejemplo de ello son las ventas que realiza el gigante Amazon.com

El suministro on line abarca la entrega de productos en formato digitalizado a través de la propia red: programas de software, música, juegos, libros digitales que, en tiempo real, se descargan en el computador del usuario tras haber pagado por el producto. Ejemplo de esto son las compras de canciones o de discos compactos en formato MP3, o los e-books.

Así, países como los 15 que conforman la Unión Europea, están convencidos de que las empresas que venden contenidos o información en línea incurren en una especie de ‘evasión tributaria’. En otras palabras, que a los ya existentes paraísos fiscales se le unen los nuevos paraísos informáticos, lo que posibilita el fraude a escala mundial.



Europa vs Estados Unidos

Las conversaciones por regular impositivamente el comercio electrónico distan de llegar a un acuerdo definitivo. Las diferencias existentes entre el país norteamericano y el bloque europeo parecen acabar con la idea de gravar unívocamente la economía digital.

Los europeos adelantan, por su parte, un proyecto de ley para aplicar el IVA a los servicios entregados en tiempo real. Para lograr dicho fin, todas las puntocom que vendan a los internautas del Viejo Continente deberán inscribirse en un Estado de la Unión Europea y, a partir de ahí, cargar sus productos con el impuesto respectivo. Con la medida las naciones del Viejo Continente aspiran a recaudar importantes sumas de dinero. Así lo confirman las proyecciones que la International Data Corporation (IDC) hace sobre el futuro del comercio electrónico en la región: en 2001 Europa no sólo tendrá más usuarios de Internet que toda Norteamérica sino que, posiblemente, comprará más.

Mientras tanto Estados Unidos espera que la Organización Mundial de Comercio (OMC) no ponga atención a las plegarias de sus pares europeos. La potencia mundial se niega a cobrar impuestos digitales que dañen el desarrollo tecnológico de la nueva economía, como quedó demostrado en la Cumbre Mundial de Comercio de Seattle de diciembre de 1999, cuando Estados Unidos no estuvo de acuerdo con la aspiración de Japón de crear una fiscalidad electrónica.

Las compañías de Internet estadounidenses se oponen firmemente a la imposición de un IVA y sostienen que estarían pagando una prima en momentos en que la economía de Estados Unidos está pasando de los productos a los servicios. “La imposición de aranceles retrasaría el crecimiento del comercio electrónico y podría favorecer el desarrollo de tecnologías para burlar la ley”, asegura David L. Aaron, subsecretario de Comercio Internacional.



Territorio sin ley

Pese a las discusiones, un reciente estudio de la OMC reveló que la pérdida debido a la falta de aranceles es mínima por el momento. Los ingresos actuales recolectados en productos digitalizados, como música, programas de computadores y libros, suman menos del 1 por ciento del ingreso total por concepto de impuestos en la mayoría de los países. No obstante los grandes gurúes y expertos del sector pronostican un enorme crecimiento de este tipo de servicios electrónicos.

Para muchos, la importancia de la discusión radica en que obliga a pensar sobre el vacío legal que existe en la nueva economía. Al evolucionar del ámbito de las redes privadas de valor agregado al contexto amplio del ciberespacio la actividad comercial en medios electrónicos da lugar a mercados digitales tanto nacionales como también internacionales. ¿Es el comercio electrónico un territorio sin ley? ¿Qué y cómo debe regularse esta actividad? ¿Qué papel juega el Estado? ¿Qué hay de la relaciones internacionales? Estas y otras preguntas se las hacen día a día decenas de gobiernos de todo el mundo sin encontrar respuesta. Por el momento lo único cierto es que el vacío existe y será cada vez más evidente.