Para no frenar procesos, las entidades están reconociendo la pensión a aquellos que cumplen requisitos sin esos dos meses y después planean ajustarlas.
Para no frenar procesos, las entidades están reconociendo la pensión a aquellos que cumplen requisitos sin esos dos meses y después planean ajustarlas. | Foto: istock

SEGURIDAD SOCIAL

Por pandemia se redujo el pago a pensiones por dos meses, ¿cuándo se va a recuperar ese dinero?

El beneficio que se dio el año pasado de no pagar por dos meses el aporte a pensión, y que fue tumbado por la Corte Constitucional, les generó una acreencia a los empleadores, y tiene en vilo a algunos prepensionados.

1 de abril de 2021

El 15 de abril de 2020, tras casi un mes de encierro por cuenta de la pandemia y con la economía paralizada, el Gobierno expidió el decreto 558 para darles un alivio a los empleadores y permitirles bajar el costo de las cotizaciones a pensión de sus trabajadores de manera transitoria.

La idea consistió en reducir los aportes desde el 16 por ciento vigente (distribuido en 12 por ciento a cargo del empleador y 4 por ciento del trabajador) a 3 por ciento (2,25 por ciento del empleador y 0,75 por ciento del trabajador), aplicable para los meses de abril y mayo. Los independientes debían responder por el 3 por ciento completo. Para algunos empresarios, esta se habría convertido en una ayuda efectiva para su liquidez, pues hasta ese momento no habían recibido el subsidio a la nómina.

Por eso les cayó como un balde de agua fría la decisión de la Corte Constitucional que en julio declaró inconstitucional el decreto y sentenció al Gobierno a implementar un mecanismo para hacer los aportes faltantes. Hoy, el meollo del asunto es cuándo y cómo los empleadores y trabajadores independientes deberán pagar el monto que adeudan.

Inicialmente, se conoció un proyecto de decreto con un plazo de 36 meses para efectuar el pago de la cotización faltante sin que haya lugar a intereses de mora, distribuyendo el monto de la cotización así: 75 por ciento el empleador y 25 por ciento el trabajador. En el caso de las personas que se encuentren a dos años o menos de la edad de pensión, el plazo no debería exceder los seis meses contados a partir de que salga el decreto. Pero ocho meses después del fallo de la Corte el mecanismo aún no ve la luz.

Una fuente del Ministerio de Hacienda asegura que el decreto reglamentario ya está firmado por el jefe de esa cartera y su colega de Trabajo, y ya se encuentra en Presidencia, por eso espera que salga muy pronto. Pero otra opinión tienen expertos pensionales, quienes sienten que la reglamentación está muy demorada. Y en el país, con todo y los problemas de cobertura, se jubilan 7.000 personas al mes.

Juan David Correa, presidente de Protección, dice que mientras sale el documento oficial siguen realizando los trámites de pensión, pues el decreto 558 no generaba impacto frente a las solicitudes por invalidez y sobrevivencia, ya que la acumulación de semanas seguía contando a pesar del no pago del aporte. “Para pensiones de vejez, mientras sale la reglamentación, estamos adelantando los trámites de complementarios”, explica.

Para las AFP una ventaja es que la decisión de no pagar aportes fue voluntaria, es decir, que no se acogieron todas las empresas. Pero datos de la Superfinanciera indican que 61 por ciento de los aportes de abril y mayo pagaron solo 3 por ciento.

Esta es otra pata que le nace al cojo en el frente pensional, pues si bien la reglamentación facilitará el pago, un número importante de empleadores y trabajadores independientes aún no están en condiciones para hacer pagos extras.