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Camilo Cuervo (Foto para columna)

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Reforma al procedimiento laboral: ¿Los fueros individuales para cuándo?

No podemos seguir incrementando garantías sin contar con los mecanismos para racionalizarlas y controlar efectivamente los abusos.

6 de mayo de 2022

La semana pasada los presidentes de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo Superior de la Judicatura, en compañía de los ministros de Justicia y del Trabajo, radicaron ante el Congreso un proyecto de reforma al procedimiento ordinario laboral que pretende mejorar sustancialmente la eficiencia y la cobertura de la administración de justicia en la resolución de conflictos laborales.

El proyecto es el resultado de un trabajo juicioso de un grupo de funcionarios que se tomaron el trabajo de establecer cuáles podrían ser aquellas pequeñas mejoras al actual sistema, que tienen la vocación de generar cambios sustanciales en beneficio, no solo de los propios jueces, sino de todos los que trasegamos a diario en esa jurisdicción especializada.

La propuesta de reforma contempla aspectos muy importantes y que facilitarán sensiblemente el acceso a la administración de justicia. Por ejemplo, se establece la posibilidad de actuar en causa propia, es decir, sin acudir a un abogado, en procesos de hasta 40 salarios mínimos mensuales, además se podrá formular la demanda verbalmente a través de una sencilla declaración ante un juez laboral en una figura muy similar a la que está prevista para las acciones de tutela.

Se eleva la competencia por cuantía de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia a 150 salarios mínimos mensuales, lo cual permitirá descongestionar y aliviar el cuello de botella que representa el recurso extraordinario de casación en los procesos laborales, sin embargo, se crea un interesante procedimiento de selección de casos que por su importancia pudieran ser conocidos por esa alta Corte, incluso respecto de procesos especiales, como el de acoso laboral y el de fuero sindical, sobre los cuales no existe unificación de jurisprudencia porque la Sala de Casación Laboral, actualmente carece de competencia para conocer de esos asuntos.

Finalmente, la jurisdicción laboral da el primer paso formal y definitivo para la validación de las notificaciones electrónicas y para aceptar como pruebas, a título de documento, los mensajes de datos que se trasmitan en plataformas como WhatsApp o el ya clásico correo electrónico. En adelante, serán pruebas completamente válidas y que se presumirán auténticas. Esto, que ya viene aplicándose de forma timorata e informal, es un gran avance hacia la eliminación definitiva del papel físico en todos los ámbitos sociales.

Ahora bien, a pesar de que varios sectores han hecho llamados urgentes para implementar cambios de mayor calado, es claro que el proyecto se la juega por pequeñas modificaciones, pero de alto impacto, no obstante, omite necesidades sociales que, si bien puede que estén signadas por un trámite legislativo tortuoso, deben ponerse sobre el tapete y discutirse.

En este punto seguimos insistiendo en la necesidad imperiosa de establecer un procedimiento especial judicial y sumario para el levantamiento de fueros de protección individual, tales como el fuero de salud, de acoso laboral o el que se predica respecto de los llamados “prepensionados”.

Esas protecciones excepcionales, que en su mayoría tienen origen jurisprudencial, hoy representan uno de los más serios problemas de productividad y desarrollo de nuestro mercado de trabajo. Lastimosamente, la falta de regulación clara y el accionar lento e ineficiente del Ministerio del Trabajo cuando le corresponde autorizar despidos de trabajadores amparados por esos fueros ha generado un efecto contrario al deseado al momento de protegerlos: los atornilla literalmente, pero impide la contratación de trabajadores aforados por el temor a que una vez se vinculen, sea imposible terminar sus contratos.

Debemos considerar alternativas para recuperar nuestro mercado de trabajo, aumentar la productividad, mejorar los ingresos de los trabajadores y desincentivar la informalidad. Administrar justicia pronta y adecuada es una de las mejores formas de generar confianza en nuestro sistema laboral. No podemos seguir incrementando garantías, sin contar con los mecanismos para racionalizarlas y controlar efectivamente los abusos.

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