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Condenan a Avianca a pagar $500 millones por huelga de pilotos. | Foto: Getty

CRISIS AVIANCA

Condenan a Avianca a pagar $500 millones por huelga de pilotos

La Corte Suprema de Justicia condenó a Avianca a pagar $500 millones a la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac) por “perjuicios causados por conductas antisindicales”.

26 de septiembre de 2020

El fallo de la Corte dice que Avianca violó el derecho de asociación sindical generando daños ciertos y evidentes a la organización, porque se disminuyó su poder de negociación colectiva “y se comprometió gravemente su existencia y sus fuentes de financiación”.

La decisión de la Corte Suprema de Justicia se dio luego de tres años de la huelga de pilotos de Avianca que fue considerada como la más larga del mundo al durar 51 días. Los pilotos reclamaban mejores condiciones laborales y mayores beneficios para ellos y sus familias. Avianca dijo que el pliego de peticiones fue exagerado y las autoridades catalogaron ilegal la huelga. 

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Según el tribunal, una investigación realizada demostró que Avianca poseía “una línea de actuar” que tenía como objetivo “menguar el poder de la organización sindical demandante, a través del ofrecimiento a los trabajadores de mejores garantías económicas que las conseguidas a través de la negociación colectiva”.

Debido a lo anterior, la Corte concluyó que la aerolínea violaba y condicionaba las libertades de afiliación y desafiliación de sus trabajadores, poniendo en riesgo la existencia de Acdac.

“Mediante dádivas, beneficios y medidas de presión indirectas, que acuden a la necesidad económica de los trabajadores, los fuerza a retirarse de la organización sindical y, por tanto, atentan contra el derecho de asociación sindical”, dijo a Semana el magistrado ponente, Iván Mauricio Lenis, de la Sala de Casación Laboral.

Según los denunciantes, las presiones de Avianca hicieron que 210 miembros de Adcac desertaran del sindicato y ayudarán a la aerolínea en medio del conflicto.

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Esta disminución gradual de los afiliados debilitó la voz colectiva de la organización sindical, lo que asimismo evitó una mayor representación de la fuerza laboral en las negociaciones colectivas destinadas a mejorar las condiciones materiales de existencia de las personas trabajadoras, aspecto que en el orden jurídico colombiano tiene repercusiones relevantes pues podría evitar la ejecución cabal de herramientas de presión poderosas, como lo es la huelga. Y tales aspectos, sin duda alguna, engloban un perjuicio común, tanto al sindicato como a los trabajadores que ejercen su libertad de sindicalización”, dice el fallo de la Corte. 

La orden de pago de $500 millones corresponde a los ingresos no recibidos por Acdac como consecuencia de la desafiliación masiva de sus integrantes, indexación, intereses y lo que se llamó “consecuencia económica”.