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| Foto: Getty Images

DOMICILIARIOS

Justicia reconoce vínculo laboral entre "picker" y la plataforma Mercadoni

El Juzgado Sexto Laboral de Pequeñas Causas de Bogotá obligó a la aplicación Mercadoni a pagar auxilio de cesantías e intereses de las mismas, vacaciones y seguridad social a uno de los "pickers".

29 de septiembre de 2020

A través de una demanda elaborada por el Área Laboral del Consultorio Jurídico de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, el juzgado determinó que la relación de la empresa Internet Services Latam (Mercadoni) con los "pickers", las personas que se encargan de seleccionar, comprar y despachar mercados de comida y víveres, es de carácter laboral. 

De acuerdo a Mercadoni, el demandante ejerció su labor como “picker” y no como domiciliario en los almacenes Jumbo y PriceSmart desde el 18 de marzo hasta el 18 de septiembre de 2018.

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El caso surgió luego de que uno de los repartidores pidió que se probara que existe una relación de empleado-empleador bajo la premisa de realidad y probarse la prestación personal del servicio y subordinación con la empresa prestadora.

Esto marca un precedente ya que implicaría que los vinculados a la empresa como "pickers" deben recibir auxilio de cesantías, intereses sobre las mismas, prima de servicios, vacaciones compensadas y realizar cotizaciones de seguridad social en pensiones, porque se trata de empleados de la compañía y no colaboradores autónomos. 

Esta sentencia, de acuerdo con el coordinador del Área Laboral del Consultorio Jurídico, Javier Almanza, es determinante para el uso de las plataformas digitales y su relación con los "pickers". 

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El Consultorio de la Universidad reiteró en un comunicado que la sentencia determinó que “existió un contrato de trabajo a término indefinido entre el demandante y Mercadoni y condena a esta empresa a pagar el auxilio de cesantías, los intereses sobre las mismas, la prima de servicios y las vacaciones compensadas".

"Adicionalmente, el juzgado ordena realizar las cotizaciones de seguridad social en pensiones, para lo cual, se deberá solicitar el cálculo actuarial respectivo ante el fondo de pensiones que elija el demandante”, añadió.

La condena abre un camino para reorganizar la relación que tienen las plataformas digitales con los repartidores ante la alta demanda de vinculaciones de ellos en el marco de la pandemia. 

Antes de la pandemia, en Colombia existían aproximadamente entre 20.000 y 25.000 trabajadores de plataformas digitales, pero es una cifra que aumentó durante los meses de la pandemia debido al aumento de los domicilios. 

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