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El 54% de los habitantes del Valle de Aburrá comprará en día sin IVA

Al menos el 54% de los habitantes del Valle de Aburrá comprará durante el primero de los tres días sin IVA decretados por el Gobierno colombiano, según una encuesta realizada por Fenalco Antioquia.

12 de junio de 2020

Bajo unas condiciones más flexibles y ampliando los bienes exentos a los inicialmente propuestos, una encuesta realizada por Fenalco Antioquia encontró que al menos 54% de los habitantes del Valle de Aburrá comprará durante el primero de los tres días sin IVA decretados por el Gobierno.

Las personas de Medellín y su área metropolitana primarán artículos de vestuario, calzado y electrodomésticos en esta jornada, que busca reactivar la economía y estimular el consumo.

Según Fenalco Antioquia, el 90% de los ciudadanos del Valle de Aburrá tienen conocimiento de las fechas que estarán exentas de IVA. Quienes manifestaron que no comprarán en estos días (46%) argumentaron como razón no tener ingresos suficientes o pérdida del empleo.

El Valle de Aburrá comprende a Medellín, así como a los municipios de Barbosa, Girardota, Copacabana, Bello, Envigado, Itagüí, Sabaneta, La Estrella y Caldas.

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El director de Fenalco Antioquia, Carlos Andrés Pineda, destacó que “los días sin IVA se convierten en un importante salvavidas para los comerciantes y los consumidores”.

Además, celebró "la reactivación del comercio en Medellín bajo estrictos protocolos de bioseguridad, con la cercanía de fechas importantes como el Día del Padre, y la valiosa decisión de la Alcaldía de Medellín de proponer a los mandatarios del Valle de Aburrá no exigir ‘pico y cédula‘ para esas fechas"

Hace un tiempo, y para mejorar el flujo en esta fecha, la agremiación de comerciantes le propuso a la administración local tener una ciudad 24 horas, con horarios extendidos en el comercio y la ampliación de los horarios del transporte público.  

“Con seguridad en la primera fecha, este 19 de junio, nos daremos cuenta que contribuyen de manera positiva en este momento de crisis en el que se requieren de mayores estrategias para incentivar el comercio”, indicó el dirigente gremial.

Requisitos normativos para la exención 

De acuerdo con la normal, el empresario responsable del IVA solamente puede enajenar los bienes cubiertos con la exención, ubicados en Colombia, al detal y directamente al cliente que sea el consumidor final de dichos bienes. Excluyendo a intermediarios, distribuidores o personas jurídicas.

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Por otra parte, la emisión de la factura o documento equivalente (POS) debe ser emitida el día en que se hace la compra de los productos, que debe ser exactamente el día estipulado sin IVA, es decir, 19 de junio o 3 y 19 de julio. 

Para pagar, se autorizó únicamente el uso de tarjetas débito y crédito. Igualmente, quedó establecido que los bienes cubiertos con la exención se deben entregar a los clientes el día de la compra, o si es un producto que requiere de envío o producción, podrá entregarse dentro de las dos semanas siguientes contadas a partir de la fecha en la que se expidió la factura o documento equivalente.