SANCIONES
Multan a Movistar por consultar historial crediticio con fines comerciales
La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a Movistar con una multa de $263.349.372 por consultar el historial crediticio de un ciudadano con "fines comerciales y de venta" sin el consentimiento del titular.
La Superintendencia de Industria y Comercio anunció este miércoles una sanción a Movistar Colombia con una multa de $263.349.372 por consultar de oficio el historial crediticio de un ciudadano con "fines comerciales y de venta".
La decisión fue tomada a través de la Resolución 49336 del 2020, a partir de la queja de un ciudadano que manifestó que Movistar había consultado su historial crediticio en no menos de cinco veces con el objetivo de ofrecerle planes o mejoras al plan que ya había contratado con dicha empresa.
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De hecho, se conoció que el ciudadano manifestó que una entidad financiera le negó un crédito, argumentando el número de consultas llevadas a cabo por Movistar a su historial crediticio.
La Superindustria hizo énfasis, a través de un comunicado, que según la Sentencia C-1011 de 2018 de la Corte Constitucional, es necesario que el titular del dato autorice a las empresas para que estas consulten dicha información personal, ya sea para establecer o mantener un vínculo contractual.
"Las empresas no pueden unilateralmente atribuirse dicha facultad", señaló la autoridad en el comunicado.
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Las consultas hechas por Movistar al historial del ciudadano no tuvieron el consentimiento del titular. Por lo tanto, la Superindustria, entidad nacional que tiene como función la protección a los datos personales, procedió a aplicar la sanción.
La Superintendencia de Industria y Comercio también comunicó que, para la imposición de la multa, encontró que Movistar Colombia ha sido reincidente, pues ya había sido multada en cuatro ocasiones por infringir las mismas normas.
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Así, la entidad exhortó al representante legal de la compañía para que "adopte medidas pertinentes" para evitar que este tipo de hechos se repitan.
Finalmente, contra la decisión se podrá proceder con un recurso de reposición ante el Director de investigación de Protección de Datos Personales y un recurso de apelación ante el Superintendente delegado para la protección de datos personales, dentro de los tiempos establecidos para este tipo de diligencias.