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Más derechos a homosexuales

La semana pasada, la Corte Constitucional reconoció a los homosexuales una tercera conquista en serie, al permitir que puedan recibir la pensión de sobrevivencia en caso de muerte de sus parejas. Con ello, esa corporación puso a Colombia a la vanguardia en el tema de los derechos de esa minoría.

19 de abril de 2008

 l En 2007 la Corte Constitucional modificó la Ley 54 que define los derechos de los compañeros permanentes e incluyó como legítimas las uniones entre personas del mismo sexo. De igual manera, permitió que hereden los bienes de sus parejas y, si es el caso, que puedan hacer una separación legal.

l Desde octubre, los homosexuales pueden afiliar a su pareja al sistema de seguridad social como beneficiario.

l La semana pasada la Corte les aseguró el derecho a recibir la pensión de sus compañeros, en caso de que fallezcan, lo que beneficia a más de 300.000 parejas.

Estas son las peticiones pendientes que tiene la comunidad gay:

l Tener derecho a los subsidios familiares, de vivienda y a los seguros de vida o accidentes de sus parejas.

l Igualdad en beneficios procesales con los de los matrimonios heterosexuales

l Reacomodar las bases de datos de los sistemas de seguridad social; sensibilizar al personal de notarías, EPS y fondos de pensión, y difundir la información sobre estos derechos para que los homosexuales se atrevan a usarlos y hacerlos valer.