Especiales Semana

Leyes milenarias

Los indígenas del Caribe tienen su propia legislación. Su cumplimiento a veces entra en conflicto con las autoridades de la República y con la ley del más fuerte.

Julio Marino Barragán*
25 de junio de 2005

En el Caribe colombiano existen 10 pueblos indígenas (wayuu, kogui, arhuaco, wiwa, kankwamo, ette ennaka, yukpa, zenú, embera-katío y tule). Incluso, pudiéramos hablar de 11, dadas las reivindicaciones de buena parte de la población del municipio de Tubará en el departamento del Atlántico, que se identifica como descendientes de los mocaná. La diversidad es notable entre cada uno de estos pueblos, ya sea por razones históricas, lingüísticas, geográficas o de cambio cultural generado por la intensidad del contacto con el resto de la sociedad no indígena. Uno de los aspectos más importantes y menos conocidos trata de la variedad de los sistemas políticos, legales y jurídicos que han desarrollado cada uno de estos pueblos, sobre todo por la fuerte presión a la que se encuentran sometidos por la imposición de otras formas de autoridad (inspectores de policía, por ejemplo) o por la toma de sus territorios por los distintos grupos armados (paramilitares o guerrillas) que imponen sus leyes y sus procedimientos non sancta para ejercer el poder.

En términos generales, los pueblos indígenas del Caribe no han tenido sistemas políticos o de ejercicio de la autoridad y del poder muy centralizados o jerarquizados con excepción de los cuatro pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta (kogui, arhuaco, wiwa y kankwamo) donde la institución del mamo acompañado de los comisarios y cabos es fuerte y determinante; de los zenú de las sabanas de Córdoba y Sucre, entre quienes la institución de los Cabildos se incorporó sin mayores trastornos desde la época de la Colonia, e incluso de los tule (cuna) de Urabá, donde la figura del Saila permite la cohesión interna de cada localidad, la solución de los conflictos y la adaptación a las innovaciones que genera el contacto con el mundo externo. Entre estos pueblos las decisiones de estas autoridades no son discutidas y se acatan sin mayores resquemores. En el caso de los pueblos de la Sierra Nevada, la autoridad está ligada con el profundo conocimiento que se tenga de la cultura, de la historia propia y del territorio, de ahí que para alcanzar el estatus de Mamo, se tenga un largo y dispendioso aprendizaje.

Entre los demás pueblos el ejercicio de la autoridad se concreta a partir del sistema de parentesco, usualmente en el hombre cabeza de familia, el cual se define ya sea por vía materna, el hermano mayor de la madre (alaula), como entre los wayuu del desierto de La Guajira, o por vía paterna, como es el caso de los yukpa de la serranía del Perijá, sobre quien recae la autoridad, aunque es común encontrar redes de alianza ya sea por matrimonios o por parentesco entre varias unidades familiares. También existen especies de consejos de ancianos que se reúnen diariamente para aconsejar a los miembros de su pueblo y tomar decisiones que tengan que ver con la vida interna de la comunidad. Es el caso de los ette ennaka, donde la institución del Penárikwi abarca a todos los mayores conocedores de la tradición. Actualmente en todos los pueblos indígenas del Caribe, a excepción de los wayuu, existe la institución del Cabildo indígena, la cual se ha venido adoptando en los últimos decenios por influencias de las instituciones del Estado que requieren de una sola interlocución y un solo representante con quien ejercer las relaciones de poder a nombre del pueblo indígena o en su defecto del resguardo. Mas sin embargo, la novedosa aparición de esta figura de poder, se confronta con los sistemas tradicionales de autoridad generando, en algunos casos, contradicciones muy fuertes que llevan a imponer las decisiones del Cabildo (es usual que sean los más jóvenes) sobre las de las autoridades tradicionales.

Hay sistemas muy complejos, como el de la Sierra Nevada, donde el complejo de normas se conoce como la Ley de Sé y requiere de un profundo conocimiento de ciertos mamos especialistas en el tema y quienes son consultados por los demás mamos a la hora de los rituales de la confesión y de los pagamentos, actividades íntimamente relacionadas con el cumplimiento de la ley . Estos sistemas normativos están íntimamente ligados a los territorios en los cuales ancestralmente han vivido cada uno de los pueblos y en muchas ocasiones tienen una dimensión que va más allá de las tierras que han sido tituladas y que se conocen como resguardos, como es el caso del concepto de la Línea Negra o Shibaks de la Sierra Nevada, que involucra una serie de sitios sagrados ubicados en el pie de monte del macizo y donde están escritas todas las normas.

*Antropólogo