Home

Impuestos

Artículo

iStock

IVA

¿Podrán las mujeres tumbar el IVA de 5% a las toallas higiénicas?

Una demanda que está en estudio en la Corte Constitucional podría tumbar este impuesto, que de tener ponencia positiva se convertiría en la primera vez que un tributo dejaría de ser cobrado por argumentos de género.

26 de septiembre de 2018

Este miércoles, 26 de septiembre de 2018, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidirá si continúa o no el cobro de un impuesto que puede representar mucho para la economía personal de las mujeres. Desde que el 2017 se empezó a cobrar un IVA de 5% a las toallas higiénicas por cuenta de los cambios que introdujo la Ley 1891 de 2016, que fue presentada como la reforma tributaria estructural. Pero desde la presentación de esa reforma, dicho cobro ha tenido muchos detractores.

Según señala Semana.com, el movimiento “Mestruación libre de impuestos” lleva varios años enfrentado con el Congreso para reducir a cero el cobro del impuesto del IVA a productos de primera necesidad que son de uso exclusivo de las mujeres: las toallas higiénicas y los tampones. En el mismo sentido, el ciudadano Danilo Andrés Virviescas Ibarguen, le pide a la corte que reconozca que las mujeres no pueden ser gravadas con este 5 por ciento solo por el hecho de haber nacido con el sexo femenino.

Le tenemos: Así quedarían estos productos de la canasta familiar con el IVA al 19%

Precisamente, este miércoles, en la Sala Plena de la Corte Constitucional se encuentra deliberando acerca de si acoge la tesis de la magistrada Gloria Ortiz, quién a través una ponencia propone tumbar el IVA a las toallas higiénicas y tampones. El asunto en cuestión es que este IVA se cobra a un producto de primera necesidad para las mujeres y sobre esa tesis, la magistrada quien es presidenta de la Comisión de Género de la Rama Judicial, insiste en que la ley es discriminatoria ya que el impuesto se aplica solo para las mujeres que requieren un producto de primera necesidad.

El tema empezó a ser cuestionado desde que se aprobó la reforma tributaria y ha estado rodeado de polémica. Tampoco es la primera vez que se debate ya que había sido discutido  en la Sala de la Corte Constitucional sin tener grandes avances, pues en contra de la demanda y al parecer de la ponencia, está el concepto de la Procuraduría, indicó el portal web RCNradio.com.

Los conceptos están encontrados por el precedente que dejaría una decisión favorable a la demanda, ya que otros temas también podrían ser estudiados bajo argumentos relacionados a temas de género. Cabe recordar que el demandante Virviescas lleva un round ganado y la pelea no será fácil. En el expediente reposa un concepto firmado por el procurador Fernando Carrillo, quien pide declarar exequible el impuesto. Para el Ministerio Público, es admisible que se graven productos de primera necesidad utilizados exclusivamente por un género determinado de la población.

“La comparación entre dos extremos para establecer la presencia de un trato desigual inaceptable constitucionalmente solo puede realizarse en concreto y no de manera hipotética”, dice el Ministerio Público al destacar que no existen productos de primera necesidad para los hombres por lo que dicha comparación no puede existir. Y si tal comparación no puede realizarse, entonces no se puede concluirse que se violó el principio de igualdad.

Siga leyendo: ¿Cómo quedaría su bolsillo si ponen IVA a estos productos?

La historia reciente ha mostrado que en la discusión el cobro fue elevado hasta el 19% pero en su implementación logró ajustarse a 16% y ahora al 5%. La pregunta que queda es si las organizaciones sociales lograrán dejarlo en cero. El tema no es tan menor si se tiene en cuenta que en promedio, el uso de este elemento de higiene femenina puede representar un gasto mensual que asciende a los $60.000.

Alrededor del IVA se han generado muchos desencuentros debido a que es un impuesto que se cobra a todo lo que se vende y produce en el país y su tasa ha ido evolucionando desde el 8%, pasando al 16% y finalmente al 19% que se cobra hoy en productos que no pertenecen a la canasta familiar. Pero centros de estudios económicos como ANIF han vuelto a recordar que la tasa impositiva de IVA es inferior a la de los países que pertenecen a la OCDE y en Colombia es más baja que la que se cobra en economías emergentes de la región como México o Chile.

Por eso, algunos analistas han afirmado que el IVA debería empezar a cobrarse al resto de productos de la canasta familiar, como huevos, arroz y leche, como también a los arriendos, algunos seguros, los útiles escolares y también almuerzos corrientes y comidas rápidas. Sin embargo, dichas propuestas han sido criticadas porque afectarían al bolsillo de las personas con menores ingresos, donde más de 10 millones de colombianos devengan menos de un salario mínimo mensual.

Ante ese panorama lo que se ha dicho es que el IVA debería ser devuelto a los productores ya que cada IVA pagado por el fabricante se cobra finalmente en el precio de venta del producto o servicio, costo que entonces es asumido por el consumidor.

FP recomienda: Extranjeros que están de paso por Colombia no pagan IVA por sus compras