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Impuesto de vehículos

¿Cuánto se incrementó su impuesto de vehículo en 2018?

El Ministerio de Hacienda actualizó para este año los porcentajes sobre los que se debe calcular el valor para este tributo. Las tarifas se ajustaron a la meta de inflación.

25 de enero de 2018

El uso de un vehículo familiar en Colombia o como una comodidad personal se ha vuelto algo muy común en el país. Pese a que la movilidad ha empeorado en algunas ciudades y eso lleva a las administraciones locales a implementar medidas como el pico y placa, todavía muchas personas prefieren comprar auto nuevo o usado para sus necesidades particulares.

También hay que pensar al comprar el vehículo que todos los años se incurre en gastos adicionales, como el SOAT, el seguro todo riesgo si lo quiere proteger contra daño total o parcial o hurto, además del mantenimiento propio como cambio de aceite, filtros, frenos, poleas, entre otros. La gasolina y el parqueadero que toca pagar por salir a hacer alguna diligencia también son otros costos asociados a este bien mueble.

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No hay que olvidar el tema de los impuestos del vehículo, que para el caso de Bogotá, están obligados a pagarlo todos los propietarios de vehículos matriculados en la capital, incluidos los de transporte público. Solo están exentos de este gravamen los siguientes:

  • Motocicletas con motor hasta de 125 cm3 de cilindrada, las cuales solo deben  pagar los derechos de semaforización.
  • Los tractores para trabajo agrícola, trilladoras y demás maquinaria agrícola.
  • Los tractores sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y maquinaria similar de construcción de vías públicas.
  • Los vehículos y maquinaria de uso industrial, que por sus características no estén destinados a transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público.

En este 2018 comienzan a llegar los volantes de pago al domicilio del dueño que esté en la base del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), y la Secretaría de Hacienda ya publicó en la página web las fechas para estar al día con el impuesto de vehículos:

  • Mayo 4 de 2018: pago con descuento del 10%
  • Junio 22 de 2018: límite para pago sin descuento, sin sanción ni intereses moratorios

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¿Cuánto se sube el impuesto de vehículos en 2018?

Cuando reciba en su casa el volante de pago para el impuesto notará que se presentó un ajuste al alza, tal como fue aprobado por el Ministerio de Hacienda a finales de 2017, a través del decreto 2206. Este documento autorizó el incremento a partir del 1 de enero de 2018 de los valores absolutos para la aplicación de las tarifas del Impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo 145 numeral primero de la Ley 488 de 1998.

Según la tabla, estos quedaron definidos así:

Vehículos particulares

a) Hasta $45.272.000 = 1,5%

b) Más de $45.272.000 y hasta $101.860.000 = 2,5%

c) Más de $101.860.000 = 3,5%

¿Cómo se liquida el impuesto?

El impuesto se calcula teniendo en cuenta la tabla de base gravable para los vehículos que establece anualmente el Ministerio de Transporte. También se define por el tipo de automotor: si es automóvil, carga, de pasajeros o motocicleta. Además, se determina las características como modelo, marca, línea y capacidad.

Después de esa clasificación es que se aplica la tabla de valores descrita anteriormente y que rige para este 2018. El valor del impuesto a pagar se calcula aplicando la tarifa definida, de acuerdo con el uso y el valor del vehículo al avalúo del mismo. En el momento de liquidar su impuesto, no olvide:

  • Si el vehículo es nuevo la base está constituida por el valor de la factura de compra, sin incluir el IVA y el valor del impuesto se liquida sobre el mes o fracción de mes que falten para la finalización del año de la vigencia.
  • Si usted paga el impuesto dentro del plazo fijado por la Administración Tributaria, puede obtener un descuento del 10% del valor del impuesto.
  • En el momento de efectuar la liquidación del impuesto debe incluir el valor correspondiente a derechos de semaforización, fijado anualmente, y que para la vigencia 2017 equivale a $49.000.
  • En el momento de presentar su declaración debe pagar la totalidad del impuesto, ya que de lo contrario su declaración se tendrá por no presentada, lo que implicará el pago de sanciones.
  • Todos los valores se deben aproximar al múltiplo de mil más cercano.