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La Corte Constitucional decidió abstenerse de estudiar la demanda que buscaba tumbar la norma. | Foto: Archivo SEMANA

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65 años seguirá siendo la edad límite para ejercer funciones públicas

Así lo determinó la Corte Constitucional al abstenerse de estudiar una nueva demanda contra la norma que así lo impone.

28 de septiembre de 2015

Los intentos de muchos funcionarios por aferrarse a sus cargos después de haber cumplido los 65 años seguirán quedándose en eso. La Corte Constitucional decidió abstenerse de estudiar la demanda que buscaba tumbar la norma.

Según el alto tribunal, el pronunciamiento que esa misma corporación hizo en 1995, en la que le dio su visto bueno a esa disposición, debe seguir teniendo vigencia.

En ese entonces, la Corte dijo que el legislador podía establecer restricciones de este tipo, sin violar los derechos fundamentales de nadie.

Eso significa que el retiro forzoso -a los 65 años- de los funcionarios de las entidades que no nacieron con la Constitución del 91 no era una limitación excesiva a quienes se desempeñaran en cargos estatales.

Tal y como lo concluyó hace 20 años, para ese alto tribunal debe existir un relevo generacional en el desarrollo de la función pública. Por eso el Congreso tenía la libertad de imponer una restricción para exigir a los funcionarios más longevos que abandonen sus cargos, así la Constitución no hubiera impuesto límite alguno.

No han sido pocos los intentos por acabar con esta restricción. Entre ellos se recuerda el del magistrado William Giraldo, quien a través de una acción de tutela logró permanecer en su cargo, aún después de su cumpleaños 65. Sin embargo, la Corte Constitucional y los reiterados pedidos de sus compañeros del Consejo de Estado lo convencieron de cumplir con ese mandato en el 2013.

La desprestigiada y enterrada reforma a la Justicia del 2012 también pudo ser un vehículo para tumbar esa limitación. En el polémico proyecto de acto legislativo -que después enterrado por una fórmula no menos sui generis- se establecía que la edad de retiro sería a los 70 y ya no a los 65 años.

Al menos por ahora, esos intentos siguen siendo infructuosos, pues para la Corte Constitucional, la interpretación que asumió desde hace dos décadas no tiene variación alguna.