POLÍTICA
Uribe da su brazo a torcer, quita el 'mico' de la ley Arias
El polémico parágrafo abría la posibilidad de que algunos de los aforados condenados quedaran en libertad mientras se daba la revisión de su sentencia gracias al mecanismo de la doble instancia retroactiva que está impulsando el partido de gobierno. El uribismo asegura que no era un 'mico', pero prefirió retirarlo del proyecto.
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Corta vida tuvo el proyecto de ley que pretende crear la doble instancia retroactiva para aforados y que fue radicada con bombos y platillos en el Congreso. El expresidente Álvaro Uribe, quien firmó el documento el pasado martes ante las cámaras, anunció, temprano este miércoles, que lo retirarán y lo volverán a radicar una vez borren un parágrafo que ha causado gran revuelo.
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Foto: Centro Democrático
Se trata del parágrafo segundo del artículo 4 del proyecto de ley que pretendía que tan pronto se impugnara la sentencia condenatoria se diera un “efecto suspensivo” de la misma, lo cual abría la posibilidad de que algunos de los aforados condenados quedaran en libertad mientras se resolvía la revisión del fallo por una segunda instancia.
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"La impugnación de estas sentencias será conferida en efecto suspensivo. La sentencia condenatoria quedará en firme y hará tránsito a cosa juzgada cuando quede ejecutoriada la sentencia que resuelva la impugnación, únicamente cuando este confirme la condena impuesta en la sentencia que se impugnó", se lee en el documento radicado.
Al retirar el proyecto, Uribe reconoció que este parágrafo podría derivar en la excarcelación de muchos condenados. “El proyecto de doble instancia se vuelve a presentar sin el parágrafo del efecto suspensivo porque el interés es proteger un derecho fundamental y no que simplemente se excarcele a unas personas", aseguró el expresidente.
Sin embargo, aún con el polémico parágrafo hubiera sido poco probable que el exministro Andrés Felipe Arias recuperara su libertad por cuenta de esa iniciativa que todos en el Congreso conocen como la ‘ley Arias‘. En realidad, el efecto suspensivo es una situación que se da siempre que se apela una sentencia y este implica que las determinaciones que el fallo contiene queden en el congelador hasta tanto se agoten todos los recursos. Cuando esto ocurre la sentencia queda ejecutoriada, es decir queda en firme. Uno de esos efectos que podrían suspenderse es el de la privación de la libertad del procesado.
Pero el efecto suspensivo no implica, per se, la libertad inmediata. Eso es una posibilidad excepcional y que no aplica cuando el procesado ha sido renuente frente a la administración de justicia. Y el exministro Arias, como se sabe, huyó a Estados Unidos en vísperas de que la Corte Suprema de Justicia le impusiera la severa sentencia de 17 años de cárcel por dos delitos relacionados con el programa Agro Ingreso Seguro.
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La Corte Suprema de Justicia, en una sentencia de 2007, dejó claro que cada caso deberá ser analizado en forma concreta y que las posibilidades de que un juez se abstenga de ordenar la captura inmediata disminuyen para aquellas personas que han rehuido su comparecencia ante los jueces y para quienes “se han escondido o dificultado las notificaciones a lo largo de la actuación”. En el caso de Arias, pesaría el hecho de haber huido al punto que solo regresó extraditado, hace un par de semanas, a cumplir su condena.
Para un proyecto tan polémico como el de la doble instancia que despierta suspicacias en algunos congresistas por considerar que tiene nombre propio y que tendría el propósito de legislar para una persona con el riesgo de abrir una Caja de Pandora judicial, el parágrafo se iba a convertir en un ‘mico’ capaz de poner en riesgo su aprobación. Es decir, si bien existe una división en el Congreso casi de 50-50 entre quienes lo apoyan y los que no, el parágrafo hubiera añadido mayor porcentaje a los detractores.
“Este proyecto solo puede ser viable si bajo toda circunstancia se renuncia a la idea de meterle efecto suspensivo a las condenas. Si van a insistir no vamos a tratar de cambiar ese parágrafo, vamos a tratar de hundir ese proyecto”, aseguró a SEMANA el representante José Daniel López (Cambio Radical), quien apoya la idea de garantizar la segunda instancia para cumplir con el derecho internacional.
Ahora que Uribe salió a anunciar el retiro del parágrafo, queda la duda de por qué fue incluido en el proyecto de ley original. Según explicó el representante Juan David Vélez, uno de los autores del proyecto, no se trata de un ‘mico‘ que se incluyó a última hora, sino del debido proceso. "Bajo el ordenamiento jurídico colombiano cuando se impugna una sentencia la misma condena queda en ese estatus, lo retiramos para no desviar el debate de ninguna manera. Son los magistrdos los que determinan si ortorgan la libertad", dijo el parlamentario a SEMANA.
Además, con un ‘mico’ de tal tamaño, al Gobierno Duque se le hubiera dificultado más apoyar la ley de doble instancia retroactiva, que tal como está contemplada aplicaría desde el 23 de marzo de 1976, fecha de entrada en vigencia en Colombia del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de la ONU, abriendo la posibilidad de una revisión de más de 250 casos.
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