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En mayo el Concejo de Bogotá aprobó el Plna de Desarrollo. | Foto: Archivo particular

BOGOTÁ

Frustran tutela que pretendía tumbar el Plan de Desarrollo de Peñalosa

Un juez declaró improcedente una acción de tutela que pretendía que se anulara la decisión del Concejo de Bogotá en la que se avaló la hoja de ruta de Enrique Peñalosa.

3 de agosto de 2016

A pesar de las polémicas que se desataron por algunos de los artículos, entre ellos la venta de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá (ETB), en mayo el cabildo le dio vía libre al Plan de Desarrollo, considerado la hoja de ruta para los cuatro años de administración de Enrique Peñalosa. 

A pesar de que los concejales en su mayoría votaron a favor, una ciudadana inconforme decidió no quedarse de brazos cruzados y presentó una acción de tutela con la que buscaba que se declarara la nulidad del Plan de Desarrollo. El argumento expuesto fue que el Concejo no dio a conocer en la oportunidad legal, ni permitió emitir conceptos ni dar recomendaciones a los representantes de diferentes sectores de la sociedad sobre la hoja de ruta para el desarrollo de la ciudad en la administración de Peñalosa.

La mujer también señaló que pudo haber una irregularidad en el aval de este plan, pues, según ella, el anteproyecto de este que fue enviado por la Alcaldía al Consejo Territorial de Planeación Distrital “no contenía la misma información” del proyecto que fue presentado ante el Concejo Distrital, “en la medida en que no contenía el presupuesto plurianual de inversiones ni hacía mención de estrategias para su financiamiento, como la venta de la participación distrital en la ETB.

Además la demandante refutó la creación de nuevas contribuciones de valoración y plusvalías, la enajenación de acciones de Capital Salud, el cobro de una sobretasa a los parqueaderos, el pago voluntario por libre circulación, la instalación de peajes urbanos y el otorgamiento de facultades extraordinarias al alcalde mayor”.

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Así, según ella, el derecho a la participación sobre el contenido del Plan se vio frustrado “dado que el concepto emitido por la instancia participativa destinataria del anteproyecto nunca tuvo la oportunidad de pronunciarse sobre elementos neurálgicos del proyecto de acuerdo que luego, ese sí de manera completa, le fuera presentado por la Administración al Concejo”.

Poniendo esas consideraciones en conocimiento de un juez de la República, la ciudadana solicitó que se le ordenara al alcalde Peñalosa que presentara “en forma completa” el proyecto del Plan de Desarrollo al Concejo Territoral de Planeación Distrital y, a partir de esto, que se rehiciera el trámite para debatir la aprobación del mismo, declarando nula la decisión del mes de mayo en el cabildo.

De esta manera, la acción de tutela fue recibida en primera instancia por el juzgado 31 con función de garantías, y el 14 de junio del 2016 la declaró improcedente. Este consideró que no se presentó ningún elemento de juicio que permitiera afirmar que este no era un asunto susceptible de debate –como ella lo indicaba- en las instancias jurisdiccionales contencioso-administrativas.

El juez del caso también señaló que no se acreditó “mínimamente” que algún derecho fundamental, en particular la participación ciudadana, debía ser protegido en esos ámbitos judiciales y que, además, no se expuso un elemento de juicio que sugiriera la inminencia de un perjuicio irremediable para algún derecho.

Fue así como, al conocer la respuesta de este juzgado, la accionante apeló la decisión y la tutela pasó a ser estudiada en segunda instancia. Pero las cosas no cambiaron, pues el 25 de julio del 2016 el juez 43 penal del circuito ratificó la decisión de primera instancia y declaró la “improcedencia” de la acción de tutela de esta ciudadana.

Para esa determinación, el juzgado manifestó que ella debió utilizar otro medio de defensa judicial “con la aptitud y la suficiencia necesarias para solucionar el asunto planteado por la actora y del cual no ha hecho uso”, debido a que –según ese despacho- la acción de tutela no fue diseñada para lo que ella quería lograr.