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La jurisprudencia ha determinado que el Estado debe reparar económicamente las privaciones injustificadas de la libertad en los procesos penales. | Foto: Archivo SEMANA

JUSTICIA

Caso Colmenares: cinco errores del proceso ante la justicia

El expediente contra Laura Moreno y Jessy Quintero reunió muchas de las falencias del sistema judicial. ¿Tendrá el Estado que indemnizarlas?

20 de febrero de 2017

Durante más de cinco años, el país siguió el caso Colmenares como una de las más espectáculares novelas de misterio que se hayan dado en el sistema judicial. El proceso penal estuvo acompañado de una amplia cobertura mediática que hizo que mucho antes de que saliera el fallo, no existiera un colombiano sin un veredicto sobre Laura Moreno y Jessy Quintero, las dos estudiantes universitarias acusadas de haber participado como coautoras en la muerte de su compañero Luis Andrés Colmenares. Finalmente, ambas fueron declaradas inocentes. 

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El caso de ambas universitarias logró reunir todas las falencias del sistema judicial y seguramente abrirá un debate sobre el fracaso del sistema penal acusatorio. Estos son cinco puntos que ameritan una reflexión: 

1. El sistema acusatorio no redujo la duración de los procesos penales

En el año 2004 se anunció con bombos y platillos el nuevo Código de Procedimiento Penal a través del cual se introdujo el sistema acusatorio en Colombia. En ese momento, la promesa era la reducción ostensible de la duración de los procesos y el hecho de que así se requerirían menos funcionarios para llevar a cabo los mismos. El caso Colmenares demostró que ese objetivo no se cumplió. Los aplazamientos, la complejidad del sistema, el pedido excesivo de pruebas y los cambios permanentes de fiscales han prolongado este proceso por unos interminables cinco años. En el mismo han participado cientos de funcionarios de la Fiscalía y del CTI.

Existen razones específicas para que el proceso se haya extendido tanto. La juez Paula Astrid Jiménez se convirtió en el símbolo de la congestión judicial, pues a una misma funcionaria le tocó enfrentar por años dos de los procesos de más envergadura del país: Colmenraes y el caso contra el exalcalde de Bogotá Samuel Moreno. Además de eso, su despacho llevaba más de 200 casos. “Estoy haciendo un esfuerzo sobrehumano”, dijo en alguna entrevista hace unos años.

A pesar del sacrificio de la funcionaria, lo cierto es que cinco años es un período de tiempo excesivo para resolver un crimen y demuestran la existencia de defectos estructurales del sistema acusatorio colombiano que deben ser corregidos.

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2. El cambio de los fiscales del caso afecta gravemente el desarrollo de la investigación

En cinco años que lleva el proceso judicial, por el caso pasaron nueve fiscales: Gilberto Saavedra, fiscal 298 Seccional; Luis Antonio González Navarro, fiscal 11 Seccional; Napoleón Botache Díaz, fiscal de Apoyo; Martha Lucia Zamora Ávila, fiscal cuarta delegada ante la Corte Suprema de Justicia; José Darío Cediel Serrano, fiscal de apoyo; Ronal Mauricio Sierra Mahecha, fiscal de apoyo; María Victoria Parra Archila, fiscal segunda delegada ante la Corte Suprema de Justicia, y Sandra Yaneth Castro, fiscal 60 delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá.

El cambio de representantes del ente acusador tiene varias consecuencias para los casos. Una de esas razones es que se retrasa el curso del proceso porque el nuevo funcionario debe estudiar nuevamente los detalles de lo que sucedió, las pruebas que existen y la teoría que se está manejando. Por otro lado, con un nuevo funcionario se pierde la cuerda investigativa que llevaba el anterior, se distorsiona la teoría del caso que se pretendió desarrollar inicialmente y algunas pruebas no se pueden explotar al máximo porque, al final, podrían no comunicar lo que se quería inicialmente, lo que entorpece el proceso.

Una posible solución a ese problema es implementar el sistema de carrera en la Fiscalía, que lleva en mora años. Así todos los funcionarios de esta entidad serían escogidos por concurso y tendrían la estabilidad suficiente para no ser cambiados.

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3. La Fiscalía debe tener claros los hechos y los delitos presuntamente cometidos antes de formular la imputación

En el 2012, la Fiscalía le imputó a Carlos Cárdenas, exnovio de Laura Moreno, los delitos de homicidio agravado en calidad de coautor y soborno en calidad de determinador por su presunta responsabilidad en la muerte de Luis Andrés. No obstante, él fue declarado inocente por los hechos.

Por su parte, Laura Moreno fue acusada del delito de homicidio agravado en calidad de coautora porque, según el ente acusador, ella fue testigo de la supuesta golpiza de la que fue víctima Luis Andrés y nunca lo dijo a las autoridades. De otro lado, a Jessy Quintero primero la acusaron del delito de falso testimonio, pero después la Fiscalía solicitó la absolución del mismo. Ahora, el ente acusador solicita que sea condenada por encubrimiento por favorecimiento porque ella habría mentido para favorecer a Laura Moreno.

Independientemente del resultado final del juicio, la Fiscalía no se puede dar el lujo de dar bandazos sobre los delitos que imputa, pues pierde credibilidad ante la justicia.

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4. La Fiscalía debe cuidar que no existan falsos testigos en el proceso

Durante el proceso judicial surgieron tres testigos estrella de la Fiscalía: José Wílmer Ayola, Jhonatan Andrés Martínez y Jesús Martínez. Sus versiones eran clave para desenredar el caso y se convirtieron en las “estrellas” de la investigación. Dijeron que habían visto a Laura Moreno y a un grupo de hombres golpear a Luis Andrés Colmenares y que luego se lo llevaron inconsciente en una camioneta. No obstante, sus declaraciones fueron desvirtuadas y ellos fueron condenados por el delito de falso testimonio.

Los falsos testigos han sido un problema reiterativo en el sistema acusatorio. El testimonio se volvió la prueba reina y como da beneficios a quien lo entrega, han aumentado los casos de personas que mienten profesionalmente. Otros procesos como los de Sigifredo López, Gabriel Arango Bacci y Luis Alfredo Ramos así lo demuestran, a tal punto que la Fiscalía creó hace unos meses una unidad especial para sancionar esta situación.

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5. Los juicios paralelos que hacen los medios de comunicación tienen incidencia en los procesos

La captura de dos jóvenes estudiantes de la Universidad de los Andes por el asesinato de uno de sus compañeros se convirtió casi de inmediato en el caso más mediático de la historia del país hasta ese momento.

Había razones para que esto sucediera. El país estrenaba el sistema penal acusatorio, un modelo judicial que supuestamente dejaba atrás la época de miles de expedientes acumulados en los juzgados, y daba paso a una nueva era más parecida a los programas de abogados de los Estados Unidos en donde todo se desarrollaba oralmente y frente a las cámaras de televisión.

El caso tenía todos los elementos para cautivar audiencias. Estudiantes de una de las universidades más prestigiosas de Bogotá acusados de un crimen cometido en una noche de Halloween. La historia tenía elementos de pasión y de misterio, y como había tantos cabos sueltos terminó atrapando a millones de colombianos. En cualquier rincón del país, había miles de personas que querían saber qué había pasado y que tenían una teoría del caso de la que estaban seguros.

A eso se sumó que el proceso fue tomado por los dos penalistas más reconocidos del país: Jaime Lombana y Jaime Granados. El primero asumió sin contraprestación alguna el caso del joven víctima, y el segundo, la defensa de la principal acusada.

Todo eso hizo que el juicio se llevara primero en los medios y no en los estrados. Y como en los estrados el caso se demoró tanto, primero salió la condena de las audiencias. El poder de los medios en los sistemas orales ha generado profundos debates en muchos países. En Estados Unidos, por ejemplo, apartan a los jurados de todo tipo de contacto con la televisión y la prensa para que puedan tomar la decisión con mayor libertad.

La absolución de las dos estudiantes será seguramente el tema de la semana. Se anticipa que la familia Colmenares apelará la decisión y que tanto Laura Moreno como Jessy Quintero iniciarán otros procesos que podrían derivar en millonarias indemnizaciones.

Ese resultado no se descarta si se tiene en cuenta que las estudiantes fueron detenidas preventivamente por cuenta del proceso. La Jurisprudencia en Colombia ha determinado que cuando una persona es privada de su libertad y luego es absuelta el Estado debe repararla económicamente. Las dos jóvenes tuvieron por meses casa por cárcel por cuenta de que la Fiscalía en su momento interceptó una comunicación en la que Laura le decía que sabía todo lo que había pasado. Tiempo después, un juez obligó dejarlas en libertad por vencimiento de términos. 

Por cuenta de los excesos en la detención preventiva, el exministro Yesid Reyes promovió una ley que volvió más rigidos los requisitos para poder enviar a una persona a la cárcel antes de que un juez dictara sentencia. El caso de Laura y Jessy se volverá en uno de los símbolos de ese debate.