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Choque de cortes

La negativa de la Corte Suprema de Justicia a acatar dos sentencias de otras cortes podría terminar con magistrados presos

25 de marzo de 2002

El Palacio de Justicia se estremeció de nuevo la semana pasada. Este vez el remezón corrió por cuenta del desafío abierto que hizo la Corte Suprema de Justicia, en forma simultánea, a la Corte Constitucional y al Consejo Superior de la Judicatura. En una rueda de prensa Germán Valdés, presidente de la Corte Suprema, anunció que la corporación que encabeza no acatará los fallos de tutela que la obligan a modificar algunas de sus sentencias de casación. Valdés dijo que “las personas que acuden a la casación tienen derecho a obtener una decisión última. Si se revocan estas decisiones se acaba la seguridad jurídica”.

El florero de Llorente de la rebelión de la Corte Suprema fueron dos sentencias en particular. La primera, un recurso del Consejo Superior de la Judicatura que le ordenó a la sala penal rebajar la condena de 84 meses de prisión que le impuso a Manuel Francisco Becerra, ex contralor de la Nación, por enriquecimiento ilícito en el denominado proceso 8.000. La segunda, un recurso de la Corte Constitucional que ordenó modificar una sentencia de la sala laboral, por medio de la cual se le negó la pensión de jubilación a Florentino Méndez, un ex trabajador del Banco Popular, porque había incurrido en un error técnico al solicitar el recurso de casación en su caso.

Este round entre las cortes es el más reciente en la batalla que ha librado la Corte Suprema para que no proceda la tutela contra las sentencias, o por lo menos contra las suyas de casación. En 1992 esta corporación demandó por inconstitucional el decreto 2591 de 1991 que reglamentaba la tutela, alegando que este recurso afectaría la seguridad jurídica, que es la confianza que tienen los ciudadanos en que las decisiones de los jueces se mantendrán en el tiempo. La Corte Constitucional le dio la razón y declaró que la tutela no procede contra sentencias salvo cuando estas son abiertamente inconstitucionales. Aprovechando esta compuerta algunos jueces fallaron tutelas contra sentencias judiciales. Posteriormente la Corte Suprema trató de reformar la tutela en el Congreso pero su esfuerzo no prosperó. Sin embargo, a finales de 2000, el presidente Andrés Pastrana estableció, en un decreto por el cual se organiza el reparto de la tutela, que si la demanda de tutela es contra un fallo de la Corte Suprema de Justicia, esta misma corporación es la encargada de resolverlo. La iniciativa gubernamental no prosperó porque la Corte Constitucional emitió un auto declarando inconstitucional el decreto.

En relación con los hechos de la semana pasada la Corte Constitucional expidió un comunicado mesurado en el que reitera que las sentencias judiciales tienen que cumplirse. Por eso, sostiene su posición en cuanto a que, en el caso de Méndez, la Corte Suprema no puede dejar de reconocer, por un formalismo, una garantía fundamental como es el derecho a la pensión. Por su parte, Temístocles Ortega, presidente de la sala disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, dijo que “el caso no es para entrar en controversias”. Pese a la moderación en las respuestas lo cierto del caso es que esta es una pelea desafortunada, que le envía mensajes confusos al resto del país. Lo peor es que lo ocurrido fue sólo una chispa que si no se apaga a tiempo puede desencadenar un incendio de proporciones insospechadas en el ámbito jurídico, pues existe la posibilidad de que los afectados con las medidas de la Corte Suprema entablen una denuncia penal contra los magistrados de la misma por fraude a resolución judicial, lo que los podría llevar a pagar una condena de entre uno y cuatro años. El imperio de la ley tambalea.