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Juez con el mazo exige justicia
Juez con el mazo exige justicia | Foto: Getty Images/iStockphoto

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Condenan a un exgobernador del Huila por irregularidades en millonario contrato para la construcción de una piscina para niños

Juan de Jesús Cárdenas fue gobernador del departamento entre los años 2001 y 2003, el contrato investigado supera los 400 millones de pesos y se hizo sin cumplimiento de requisitos legales. Esta es la historia del escándalo.

5 de octubre de 2022

Juan de Jesús Cárdenas Chávez fue gobernador del Huila entre 2001 y 2003 y tuvieron que pasar casi 20 años para que la Corte Suprema de Justicia lo encontrara responsable por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en un hecho verdaderamente polémico e inédito: la construcción de una piscina para niños en un municipio llamado San Agustín.

Señala el alto tribunal, en la decisión conocida por SEMANA, que Juan de Jesús Cárdenas delegó en su secretario de Vías e Infraestructura el trámite y celebración del contrato de obra n.° 586 del 31 de diciembre de 2002, con la sociedad CONINT Ltda., que tenía por objeto “a todo costo construcción para la piscina de niños del municipio de San Agustín”, en un plazo de 90 días y por valor de $184.800.637, el cual no se ajustó a los requisitos legales.

“De esa manera, sin vigilar que la actividad de su delegatario se ajustara a la legalidad, resulta desconocido el principio de economía, al incumplir con el deber de planeacion, puesto que el contrato de obra se celebró sin estudios previos, sin contar con interventoría y sin actuar con austeridad de tiempo, medios y gastos, lo cual aparejó su suspensión en diferentes ocasiones, que se necesitaran mayores volúmenes de excavación y se incrementaran los costos”.

Fueron tantas las irregularidades que, incluso la Corte Suprema encontró que el 31 de diciembre de 2003, el gobernador suscribió un otrosí por valor de 233.042.109 pesos, mismo al que posteriormente le adicionó 28.954.338 pesos, “ascendiendo así el negocio jurídico a un monto total de 446.797.084 pesos, lo que iría en contravía de lo dispuesto en la ley, en el sentido dela prohibición de adicionar los contratos estatales por más del 50 % de su valor inicial”.

Es decir, para la justicia no hay duda de las irregularidades, en la medida en que la delegación sin control para el trámite y suscripción del contrato “no estuvo orientado a la consecución de los fines estatales que le eran exigibles y en procura del interés general”. Y la cifra es escandalosa: más de 440 millones de pesos.

Señala la Corte en uno de los apartes del fallo de 80 páginas que Cárdenas, siendo gobernador del Departamento del Huila para la fecha de los hechos, era quien ejercía la función de director de la actividad contractual de la entidad territorial por mandato legal y constitucional. En consecuencia, “al omitir velar por la consecución de los fines estatales que le eran exigibles y tampoco haber propendido por la protección de los bienes patrimoniales del Estado que estaban a su cargo, es responsable de la comisión del tipo penal de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en calidad de autor”.

Agrega la decisión que el exgobernador afectó, sin justa causa, lo que se conoce como el bien juridico de la administración pública “ante el claro desvío del propósito que debe regir todas las actuaciones de las autoridades administrativas, y que impone el deber de actuar respetando las normas regulatorias de la actividad contractual estatal, comportamiento que sin duda deteriora la confianza de los asociados en las instituciones oficiales”.

En otras palabras, el otrosí contó, por un lado, con el visto bueno del director del Departamento Administrativo Juridico, pruebas que denotan que el otrora gobernador Cárdenas, lo firmó con la clara convicción de que “estaba ajustado a la normatividad y al precedente vigente para el momento de su suscripción”.