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La providencia le advierte a la ministra que si en 48 horas no cumple la orden impartida, se lo hará saber al procurador. | Foto: Archivo particular

SANCIÓN

La canciller y un incumplimiento que la pondría en aprietos

Dado que la Cancillería no cumplió la totalidad de un fallo que pretendía el reintegro de un trabajador de la Embajada británica, la ministra podría ser sancionada.

26 de mayo de 2016

La Corte Constitucional abrió un incidente de desacato contra la canciller María Ángela Holguín por no haber cumplido en su totalidad un fallo que ordenaba adelantar actuaciones encaminadas al reintegro de un trabajador a la Embajada del Reino Unido e Irlanda del Norte en Bogotá.

El procedimiento, del cual ya fue notificado incluso el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, eventualmente daría lugar a una posible sanción contra la ministra.

El año pasado la Corte Constitucional ordenó el reintegro de un trabajador que había sido desvinculado de la Embajada británica en Bogotá por un insólito caso de desconocimiento a la libertad de cultos.

Para hacer cumplir la medida, el fallo, proyectado por la magistrada Gloria Stella Ortiz, no sólo trataba de conminar al cuerpo diplomático a que integrara nuevamente en su nómina al tutelante, sino que había previsto las acciones alternativas que debería emprender la Cancillería en caso de que la misión se negara a acceder.

Según esa determinación, si la entutelada embajada se resistía, la Cancillería de Colombia debía tratar de buscar una salida negociada con los británicos o, de lo contrario, emprender acciones jurídicas ante los tribunales internacionales para lograr la protección de los derechos del demandante.

Como era de esperarse, los representantes de la sede diplomática alegaron que su gobierno se amparaba en la inmunidad jurisdiccional que les ofrece la Convención de Viena (Austria) para no tener que reintegrar al trabajador, lo que obligaba a la Cancillería a emprender la tarea que le impuso la Corte.

Al cabo de nueve meses de proferida la tutela, la víctima seguía sin ser reintegrada a su puesto de trabajo, por lo que interpuso una acción de desacato a la sentencia.

Y aunque no es usual que ese alto tribunal resuelva ese tipo de actuaciones, las condiciones especiales que reunía el caso le permitían pronunciarse de fondo. La corporación encontró que la Cancillería no cumplió las todas exigencias, lo que la llevó a tomar decisiones para exigir su cumplimiento y estudiar la procedencia de sanciones.

Según la providencia conocida por Semana.com, si bien el Ministerio de Relaciones Exteriores demostró que trató de conminar a la embajada a reintegrar al trabajador, no obedeció la orden impartida para intentar que los jueces de Reino Unido la obligaran a cumplir.

Como la Cancillería respondió que resultaba improbable tener éxito en un litigio de esa naturaleza, la Corte considera que es incumplimiento del fallo, por lo que declaró abierto el incidente de desacato.

La providencia le advierte a la ministra que si en 48 horas no cumple la orden impartida para perseguir el cumplimiento del fallo, incluso por la vía judicial, se lo hará saber al procurador, quien es el superior funcional para estos casos, con el fin de que sea él quien lo haga.

Semana.com se comunicó insistentemente con esa entidad para conocer su opinión sobre la decisión, pero, pese a la buena voluntad de sus funcionarios, no hubo una respuesta oficial.