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Corte Constitucional ordenó suspender pago de indemnización a desplazados

El Alto Tribunal ordenó a Acción Social y a cualquier juez de tutela, suspender el cumplimiento de cualquier orden de pago para indemnizar a víctimas del desplazamiento forzado. La medida provisional se adoptó con la ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas.

2 de julio de 2010

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El Tribunal revisó 27 tutelas falladas en contra de Acción Social y halló que los jueces fallaron a favor y en contra en hechos similares, lo cual genera violación al derecho a la igualdad de las víctimas. Quienes no han acudido a la acción de tutela también resultarían afectados. La Corporación también advirtió a través del Auto 207 de 2010, un desbordado aumento de tutelas y por lo tanto, mayor congestión en el trámite de los procesos.

Las víctimas que instauraron la acción de tutela aseguran que por causa del conflicto armado tuvieron que padecer ofensas y discriminaciones, abandonar sus trabajos y viviendas y, no conseguir, hasta ese momento, estabilidad económica en otro lugar.

De acuerdo con la Subdirección de Atención a Población Desplazada, en Colombia existen, al 31 de diciembre de 2009, 3,3 millones de personas víctimas del desplazamiento forzado por amenazas de grupos armados ilegales.

Respecto a la garantía del derecho a la reparación, "las liquidaciones de perjuicio pueden ser decididas con criterios disímiles y diversos”, señaló el Alto Tribunal. La determinación no se refiere a la ayuda humanitaria de emergencia sino al dinero que se ordenaba cancelar por los daños y perjuicios sufridos por las víctimas.

Los magistrados de la Sala Plena estudiarán la "reformulación de una política pública", así como la "unificación de criterios jurídicos". La suspensión es provisional y se reanudará una vez el Alto Tribunal emita en los próximos meses dicha sentencia de unificación, en la que aclare los criterios para los pagos equitativos por indemnización por desplazamiento forzado.

La medida cautelar se produjo ante las quejas colectivas contra la oficina presidencial de Acción Social, por parte de las víctimas del desplazamiento forzado, quienes denuncian atención precaria y por tal razón, necesidad de emplearse y recibir más apoyo económico. La resolución fue notificada al Gobierno Nacional, Consejo Superior de la Judicatura, a los jueces de la República y a los representantes de las víctimas.