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Corte Suprema negó cambio de su condena por carrusel de contratación | Foto: Guillermo Torres

JUDICIAL

Corte Suprema le dijo no a Iván Moreno

El exsenador creía ser beneficiario del fallo de la Corte Constitucional que creó la doble instancia para congresistas condenados.

17 de junio de 2016

La Corte Suprema de Justicia le negó al exsenador Iván Moreno la posibilidad de impugnar la condena a 14 años de prisión que le impuso ese mismo tribunal por su participación en el escándalo del denominado carrusel de la contratación estatal (Lea: Corte abre la doble instancia para altos funcionarios).

Aun cuando el dirigente pensaba ser beneficiario del fallo que abre las puertas a que altos funcionarios del Estado condenados puedan impugnar esas decisiones, la Sala Penal del alto tribunal le negó esa oportunidad.

En el 2014 la Corte Constitucional emitió un polémico fallo que estableció que varios sujetos procesales condenados por primera vez pudieran impugnar, sí o sí, las decisiones en las cuales la justicia les impusiera dicha sanción penal.

Esta decisión permitía que todos los altos servidores estatales que fueren juzgados en única instancia ante la Corte Suprema de Justicia y que hubieren sido hallados culpables, tuvieran la oportunidad de apelar el fallo.

Sin embargo, para no impactar negativamente el aparato de justicia, el tribunal constitucional difirió los efectos del fallo a dos años. Esto implicaba que si al cabo de ese lapso el Congreso no implementaba una ley que permitiera que los aforados condenados apelanaran esas decisiones, estos podrían hacerlo directamente.

Como era de esperarse, el tiempo se cumplió sin que los legisladores establecieran el mecanismo legal que se les sugería para hacer viable el cumplimiento de la sentencia.

Desde el 24 de abril de este año empezó a entrar en vigencia esta providencia que creaba la doble instancia para los funcionarios condenados, lo que desató una avalancha de solicitudes de excongresistas, generales (r) y exdirectores de departamento que fueron sentenciados a instancias de esa misma corporación (Lea: Corte acaba con esperanzas de uribistas condenados).
 
Entre ellas se contaba, por supuesto, un requerimiento del exsenador Iván Moreno, condenado en el 2014 por haber gestionado la  irregular repartición de los contratos que derivaron en el millonario escándalo de corrupción que rodeó la gestión de su hermano Samuel Moreno al frente de la Alcaldía de Bogotá
 
Bastaron unos días para que la Corte Constitucional, a través de un fallo de tutela, estableciera que la decisión que crea este mecanismo de la doble instancia para aforados constitucionales sólo podía tener cabida para personas condenadas desde el 24 de abril de este año.

Dado que el excongresista del Polo Democrático y demás dirigentes que le han pedido a la Corte que revise sus casos fueron condenados mucho antes de conocerse la decisión de la Corte Constitucional, no tienen derecho a impugnar sus condenas, según lo decidió también en este expediente la Corte Suprema de Justicia.
 
Así las cosas, al dirigente no le queda otra alternativa que seguir pagando su deuda penal, tras ser declarado responsable de los cargos de tráfico de influencias, concusión e interés indebido en la celebración de contratos. Lea: La caída de Iván Moreno.