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EL 5-4

El fallo sobre la extradición amenaza con dividir definitivamente a la Corte Constitucional.

12 de octubre de 1998

En julio pasado Carlos Ossa Escobar fue elegido como candidato de la Corte Constitucional a la Contraloría. Según se explicó entonces, la designación fue resultado del consenso entre los nueve magistrados de ese organismo. Poco después se supo que la escogencia fue producto del voto mayoritario de cinco magistrados: Alfredo Beltrán, Carlos Gaviria, Fabio Morón, Antonio Barrera y Alejandro Martínez, quien propuso el nombre de Ossa.
Este episodio sería un hecho anecdótico más si no fuera porque en el interior de la Corte Constitucional ha empezado a hacer carrera una teoría según la cual esos cinco magistrados han constituido una especie de bloque para imponer su mayoría a la hora de tomar decisiones en temas especialmente difíciles. La primera manifestación de que esto puede ser verdad ocurrió el 30 de julio del año pasado, cuando estos mismos cinco magistrados con la excepción de que en aquella época se encontraba Jorge Arango Mejía votaron a favor de la ley que suspendió la programación de televisión. Al parecer esa alianza también ha logrado imponerse en un par de episodios más, pero relacionados con fallos de tutela.
Por tal razón en las últimas dos semanas numerosos observadores han expresado su preocupación, pues dentro de pocos días la Corte deberá pronunciarse a fondo sobre el tema de la extradición y ya empieza a especularse que los cinco magistrados tienen tomada una decisión: aprobar la legalidad del acto legislativo de diciembre de 1997 mediante el cual fue aprobada la reimplantación de la extradición de nacionales, pero sin retroactividad, es decir, solamente a partir de la fecha de vigencia de la respectiva ley.
Esta posición de los magistrados Gaviria, Beltrán, Morón, Barrera y Martínez habría sido acordada en reuniones sostenidas por ellos en lugares distintos a la sede de la Corte Constitucional. Al fin y al cabo desde enero de este año uno de los miembros de ese grupo, el magistrado Carlos Gaviria, fue designado ponente del fallo. De acuerdo con lo que ha trascendido hasta ahora, el jurista basa en tres aspectos su alegato de constitucionalidad: que la no retroactividad de la extradición fue discutida en los ocho debates reglamentarios adelantados en el Congreso; que tres congresistas, Emiro Arrázola, Carlos Alonso Lucio y Jaime Dussán, no incurrieron en irregularidad alguna al cambiar el sentido de su voto entre la primera y la segunda etapa de los debates, y que el Pacto de Derechos Humanos de San José (Costa Rica), al cual adhirió Colombia, plantea claramente la imposibilidad de aplicar las normas penales mirando hacia el pasado.
En la otra orilla se encuentran los magistrados que, coincidencialmente, querían una opción distinta a Ossa en la Contraloría y que en el tema de la extradición tienen una posición radicalmente opuesta frente al grupo de los cinco. Se trata de los constitucionalistas Vladimiro Naranjo, José Gregorio Hernández, Hernando Herrera y Eduardo Cifuentes, quienes creen que, por el contrario, el acto legislativo que restableció la extradición sí tiene vicios de forma y por lo tanto debe caerse la no retroactividad. Según lo que ha trascendido hasta ahora, la Corte recibió un informe elaborado por el Ministerio de Justicia de acuerdo con las actas del Congreso, según el cual el tema de la retroactividad solo fue debatido en tres de los ocho debates a que fue sometida la extradición antes de que se convirtiera en norma constitucional.
Esta posición del grupo de los cuatro fue respaldada por el procurador, Jaime Bernal Cuéllar, quien el pasado 5 de mayo se declaró partidario de la extradición con retroactividad. Por su parte el fiscal general, Alfonso Gómez Méndez, dijo estar de acuerdo con el mecanismo pero aclaró que se atenía a la decisión de la Corte sobre la retroactividad.
Este panorama, en el que claramente se ven dos tendencias en el interior de la Corte, podría variar si uno de los magistrados del grupo de los cinco se ve obligado a retirarse del debate. Es el caso de Alejandro Martínez, quien sostuvo que "la extradición con Estados Unidos debe ser renegociada". Esta opinión fue interpretada como una indebida intervención del jurista en el preciso momento en que la corporación a la que pertenece está a punto de pronunciarse sobre ese tema. Por tal razón varios ciudadanos presentaron una solicitud en la Corte pidiendo que Martínez se declare impedido para continuar conociendo ese asunto. Sin embargo no parece claro que Martínez vaya a retirarse y en este sentido parece inclinarse la balanza. De acuerdo con un análisis jurídico, pese a su opinión, el magistrado no violó ninguna norma del decreto 2067 de 1991, que regula el régimen de procedimientos ante la Corte Constitucional.
Así las cosas, la Corte Constitucional se apresta a tomar una de las decisiones más difíciles desde cuando fue creada por la Carta de 1991. Y es la primera vez que se habla de bloques mayoritarios que fijan posiciones antes de los debates jurídicos en la sala plena. Aun cuando reunirse a hablar sobre las demandas que cursan internamente no está mal, ni es ilegal y no necesariamente debe prestarse a susceptibilidades, ante los ojos de la opinión puede empezar a crearse la sensación de que la Corte no está debatiendo en forma suficiente y profunda los trascendentales asuntos que llegan a sus manos.