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EL PESO DE LA LEY

No deja de sorprender que un Congreso tan cuestionado como el actual, haya sacado adelante el estatuto anticorrupción más severo de la historia de Colombia.

3 de julio de 1995

EL PROYECTO HABIA VEnido avanzando de tropiezo en tropiezo. En medio del temor de que los parlamentarios interesados en sabotearlo le colgaran normas contrarias al propósito mismo de la iniciativa -los famosos 'micos'-, el gobierno y los ponentes, encabezados por el ministro de Justicia Néstor Humberto Martínez y el senador Germán Vargas Lleras, habían caminado con pies de plomo. Pero después de muchos sustos y de que hace pocos días las apuestas por el hundimiento del proyecto hubieran subido considerablemente, las cosas alcanzaron un final feliz.
Una lectura detenida de la iniciativa, que acaba de pasar a sanción presidencial, permite descubrir que gobierno y Congreso lograron convertir los 90 artículos de la ley en lo que, al menos sobre el papel, parece ser la más severa y eficaz herramienta en la lucha contra la corrupción, el narcotráfico y el lavado de dinero y bienes mal habidos.
La clave de la norma es una concepción bastante amplia del lavado, que antes era sólo de dinero y ahora lo es de cualquier bien obtenido de modo ilegal. Y es que hasta ahora ni el lavado de dinero ni el de los bienes de procedencia ilegal estaba penalizado. Hace seis meses, en la cumbre de Miami, el presidente Ernesto Samper había propuesto a sus colegas de todo el continente una convención internacional contra el lavado, y parte de los cuestionamientos a la iniciativa había surgido de que el país que la planteaba no penalizaba en su legislación interna dicha práctica.
Ahora no solo va a ser penalizado cualquier proceso de legalización de dinero o bienes de origen ilegal, sino que lo van a ser todas las actividades complementarias a ello. La ley penaliza en este campo a todo aquel que "transporte, transfiera, transforme, invierta, pretenda darle apariencia de legalidad o se la dé efectivamente" a dinero o bienes provenientes de actividades ilegales. Ya no sólo se trata de dólares producto del narcotráfico. Ni siquiera de pesos resultado de un soborno. La nueva norma incluye cualquier bien -un carro, una casa, una joya, un papel financiero, unos pasajes, la estadía en un hotel- que provenga o sea adquirido como fruto de un delito. Y la sanción cobija no sólo al beneficiario directo de ese bien o dinero caliente, sino a todo aquel que ayude a lavarlo.
Estas normas permitirán tipificar como delito a gran número de actividades indebidas que hasta ahora tenían muy mala presentación pero muy escasa sanción. Y hay una larga lista de agravantes: cuando el lavado del bien se hace por medio del contrabando, cuando el dinero o bien lavado proviene de extorsión, secuestro, homicidio o narcotráfico y conexos, cuando el monto de lo lavado es superior a mil salarios mínimos. etc.
Uno de los apartes más interesantes de la ley es sin duda la nueva normatividad en relación con el soborno a los funcionarios públicos. Hasta ahora la justicia penal nunca había logrado condenar a alguien acusado de este delito. Lo que sucedía es que de un soborno generalmente sólo sabían y tenían capacidad probatoria el que recibía y el que pagaba. Y como ambos se iban irremediablemente a la cárcel si el soborno se demóstraba, sobornador y sobornado estaban irremediablemente destinados a protegerse el uno al otro por el resto de sus vidas. La fórmula diseñada por los creadores de la idea consiste en mantener la sanción tanto para el que peca por la paga como para el que paga por pecar, pero dándole la oportunidad a uno y a otro de delatar a su compinche y obtener inmunidad frente a ese delito. Según la nueva norma, si una persona soborna a otra para obtener, por ejemplo, un contrato del Estado, quien soborna tendrá 15 días a partir del perfeccionamiento del delito para denunciar al sobornado ante las autoridades, a cambio de obtener para sí una completa exoneración. Si en los mismos 15 días, quien denuncia el delito es el sobornado, quedará libre de todo cargo y quien irá a la cárcel será el sobornador.
El concepto de premiar con gran generosidad a quien denuncie un delito de corrupción, no sólo se palpa en el caso del soborno. También pueden llegar a quedar cobijados por la misma inmunidad los empleados bancarios que informen de movimientos financieros que les despierten sospechas. Pero si la zanahoria es generosa, el garrote es fuerte: el empleado bancario que se abstenga de reportar movimientos que superen sin justificación determinados límites podrá a su vez resultar procesado.
La nueva ley consolida también la tipificación del delito de "uso indebido de información privilegiada" . Es algo que sucede cada vez con más frecuencia, pero como en principio no afecta las arcas del Estado, nadie parece haber apreciado hasta ahora su gravedad. Es el caso del funcionario del departamento de planeación de una ciudad que sabe, antes de que la noticia sea pública, que una determinada zona de la ciudad se va a valorizar por la construcción de una gran vía y la adecuación de redes de servicios, y filtra la información a otra persona para que ésta adquiera predios en dicha zona y haga luego el negocio de su vida.
Para el senador Vargas Lleras, ponente del proyecto, "la importancia del proyecto, en especial en lo del lavado, radica en el mensaje que se le envía a la comunidad internacional con una concepción integral de este delito y una sanción severísima al mismo, así como en el mensaje a la sociedad colombiana, que se ha ido malacostumbrando con el paso de los años a que todo se podía hacer, a que nada estaba mal porque no estaba tipificado como delito". Pero aunque lo anterior es muy cierto, no lo es menos que lo más significativo es que una legislación tan severa haya sido aprobada por uno de los parlamentos más cuestionados de la historia del país.
"Yo no sé si esa ley es justa o si terminó convertida en un instrumento represivo de corte draconiano que va a producir muchas injusticias, pero el hecho es que muchos de mis colegas tenían dudas, pero se abstuvieron de plantearlas so pena de ser vistos como cómplices de la corrupción, en un momento en que los congresistas somos víctimas de una verdadera cacería de brujas", dijo a SEMANA un representante a la Cámara que prefirió mantener su nombre bajo reserva. Pero aunque de seguro algunos parlamentarios actuaron motivados por esas ideas, sería injusto con el Congreso desconocer que el proyecto salió, y salió bastante bien.
Pero sería igualmente equivocado creer que por la sola sanción de la nueva norma los corruptos van a quedar reducidos a la impotencia. Según Vargas Lleras, "se trata por ahora sólo de una herramienta, muy buena si se quiere, pero que sólo será útil si la utilizan un gobierno y unas autoridades en el marco de una política integral de lucha contra la corrupción". En efecto, si el Ejecutivo, la Fiscalía y los organismos de control no coordinan esfuerzos para que esta herramienta golpee de verdad a los corruptos, si no promueven, para empezar, la divulgación de los alcances de la norma, entonces la pomposa ley anticorrupción no será más que una poderosa arma... colgada a la pared.