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El revés de Londoño

Sin haberse posesionado aún, el nuevo Ministro del Interior y Justicia se enreda por cuenta de un escándalo que revivió sorpresivamente.

30 de junio de 2002

El viernes pasado la sala laboral del Tribunal Superior de Bogotá profirió una sentencia que implica un giro inesperado en un pleito que Fernando Londoño Hoyos, designado ministro del Interior y Justicia, entabló hace unos años contra una empresa distribuidora de gas llamada Invercolsa. El fallo del Tribunal, que es adverso a Londoño, pone a la luz pública un negocio que éste protagonizó y que tiene todos los ingredientes de un escándalo.

La historia es la siguiente. A principios de los años 90 Ecopetrol decidió reorganizar unas inversiones que tenía en varias compañías distribuidoras de gas, agrupándolas en una holding. Para la constitución de esta matriz, llamada Inversiones de Gases de Colombia S.A. (Invercolsa), Ecopetrol contó con la asesoría de la firma Fernando Londoño Abogados Asociados Ltda.

Al momento de constituirse Invercolsa, en julio de 1990, Londoño empezó a actuar como representante legal, función que ejerció hasta abril de 1995. Sin embargo, según confirmó el Tribunal Superior de Bogotá, el hoy Ministro designado no tenía un contrato laboral con la empresa. Invercolsa lo que tenía era un "contrato comercial de mandato con representación" con la firma Fernando Londoño Abogados Asociados Ltda., y en virtud de este contrato, la persona de Fernando Londoño ejercía como representante legal de la holding. Este último detalle es clave para entender los hechos posteriores.

En 1997, dos años después de que Londoño había dejado de ser representante legal de Invercolsa, Ecopetrol decidió vender las acciones que tenía en esta holding (la petrolera estatal poseía el 52 por ciento de participación). De acuerdo con el artículo 60 de la Constitución y las normas que lo desarrollan, cuando el Estado quiere vender una empresa, debe ofrecerla primero al sector solidario, a los trabajadores y ex trabajadores, en condiciones preferenciales. Pasada esta primera ronda, le puede vender las acciones remanentes a quien quiera.

En el mes de abril de 1997, el día en que se ofrecieron al sector solidario en condiciones preferenciales las acciones de Ecopetrol en Invercolsa, Londoño Hoyos, alegando su condición de ex trabajador, compró un paquete equivalente al 20 por ciento de la empresa. Para acreditar su derecho a adquirir las acciones presentó una certificación expedida por su sucesor en Invercolsa, Enrique Vargas Ramírez, que daba a entender que Londoño había trabajado en la empresa.

Las acciones que compró el hoy Ministro designado costaron poco más de 9.000 millones de pesos. La mayor parte del dinero provino de un crédito concedido por el Banco del Pacífico Panamá, y el resto de un préstamo de la sucursal colombiana del mismo banco, según aseguraron a SEMANA abogados conocedores del caso. Cabe anotar que Londoño Hoyos presidió la junta directiva del Banco del Pacífico Colombia hasta el momento de su intervención por parte del gobierno.

La compra de Londoño no estaba en los planes de Ecopetrol. La empresa estatal esperaba que el remanente de acciones de Invercolsa para vender en la segunda ronda fuera superior al 50 por ciento. La lógica era que, si estaba de por medio el control de la compañía, habría más compradores interesados, quienes pujarían en la subasta elevando así el precio a pagar por las acciones.

Cuando la administración de Ecopetrol se enteró de la compra de Londoño, inició un proceso civil en busca de la nulidad de la operación. El argumento era que el comprador estaba usurpando un derecho que no tenía, pues nunca tuvo un contrato laboral con Invercolsa. Acto seguido Londoño demandó a Invercolsa ante un juzgado laboral, exigiendo que la empresa le reconociera sus cesantías, primas y vacaciones. Si se le reconocían estos pagos, implícitamente se legitimaría su estatus de ex empleado.

La sutileza del caso consiste en que Londoño demandó a Invercolsa por una irregularidad que presuntamente ésta habría cometido en la época en que él era su representante legal. En otras palabras, si Invercolsa no le pagó las prestaciones a las que decía tener derecho, él mismo sería el responsable.

La siguiente etapa del pleito se dio cuando Jaime Bernal Cuéllar, entonces procurador general de la Nación, presentó denuncia penal contra Londoño por delitos en que presuntamente habría incurrido al comprar las acciones de Invercolsa. Londoño, entonces, presentó una contradenuncia que cobijaba a varios directivos de Ecopetrol. De acuerdo con la versión de Londoño, la petrolera estatal tenía armado el negocio para venderle Invercolsa a un importante grupo económico, y él se les atravesó. Ese sería el origen de todo el lío, según su alegato.

Estas denuncias penales tuvieron lugar en medio de la aguda polarización política producto del proceso 8.000, en la que Londoño, por lo demás, estaba en la orilla opuesta del gobierno de ese momento. La Fiscalía no encontró razones para acusar a ninguna de las partes, que quedaron exoneradas, y así el proceso penal quedó en tablas.

Pero el pleito laboral siguió caminando y el 27 de octubre de 2000 el Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Bogotá falló en contra de Londoño. Este apeló y el caso pasó al Tribunal Superior de Bogotá, que el viernes pasado ratificó la decisión de primera instancia. Dice el fallo del Tribunal que Londoño "no fue trabajador al servicio de la demandada, y por ello no puede pretender ahora derechos derivados de un contrato de trabajo que nunca existió".

¿Qué puede pasar ahora? Frente a la pregunta de si cabe una tercera instancia, que sería la Corte Suprema de Justicia, abogados consultados por SEMANA afirmaron que ésta no procede, pues el monto de la reclamación laboral es muy pequeño. En todo caso, si fuera procedente la tercera instancia, la Corte Suprema tendría que decidir la suerte del hoy designado Ministro de Justicia, quien ha propuesto reformas sustanciales a la rama judicial.

El fallo del viernes pasado también tiene el efecto de revivir el proceso civil mediante el cual Ecopetrol pidió la nulidad de la venta de las acciones de Invercolsa. Este proceso no tuvo ningún avance porque la justicia laboral no había decidido si Londoño al fin era o no ex trabajador. Ahora que el Tribunal Superior de Bogotá sentenció que no lo era, cobra fuerza la tesis según la cual la compra de las acciones en condiciones preferenciales es jurídicamente inválida.

Si la justicia civil concede esta nulidad, que es lo más probable, al Ministro designado le tocaría devolver las acciones. Pero ya no son de él. Ocurre que el Banco del Pacífico Panamá, que le extendió el préstamo a Londoño para comprarlas, cedió ese crédito a una firma panameña que se llama Arrendamiento Financiero Bolivariano. Después, en 2000, Londoño entregó las acciones en dación de pago y canceló así el crédito con la financiera panameña. De manera que el enredo es mayúsculo.

Pero, independiente de cómo se resuelva este lío jurídico y financiero, queda en el aire una reflexión sobre el sentido del artículo 60 de la Constitución, que propende por la democratización accionaria. La opinión más común es que este artículo busca brindar una oportunidad a empleados que de otra manera no tendrían acceso a la propiedad de las empresas, de convertirse en pequeños accionistas. No está hecho para que los presidentes de las compañías se queden con ellas, o con buena parte de ellas, en condiciones preferenciales. El aparente abuso que de esta figura habría hecho Londoño es lo que más interrogantes deja. Pierda o gane en los tribunales, el Ministro designado del Interior y Justicia le habría dado 'papaya' a los parlamentarios, quienes ahora podrían tener argumentos para cuestionar su autoridad moral.